Fuente: Elobservatoriodiario
México, Distrito Federal, 19 de febrero (AMM Noticias).- La Comisión de Marina, que preside Alejandro Gertz Manero (Convergencia), impulsa una nueva Ley de Navegación y Comercio Marítimo que en marzo podría ser aprobada en el Pleno. Explicó que la ley vigente es muy controvertida, ya que algunos de sus aspectos no toman en cuenta todos los convenios internacionales que en materia de navegación son ley constitucional, no obstante, no están incorporados con esa categoría y ello es fundamental. Además -indicó- hay dos temas que tienen que ser puestos al día porque están atrasados: la Navegación de Altura y la Navegación de Cabotaje, el abanderamiento de las embarcaciones nacionales y las empresas que se ostentan como mexicanas.
Estos son temas claves para generar un apoyo a la recuperación de la flota mexicana que se ha ido reduciendo notablemente, no sólo en el área de Navegación de Altura sino en la de Navegación de Cabotaje, explicó.
"Tenemos que promover que la inversión y el crecimiento de la flota mexicana se dé a través de una legislación que la apoye y que contemple todas las obligaciones que se tienen a nivel internacional", enfatizó.
Destacó la importancia de la nueva ley al argumentar que toda la economía globalizada se posibilita, en gran parte, gracias a la transportación y comercio marítimo.
En reunión de trabajo, Gertz Manero y el secretario de la Comisión, Luis Antonio Martínez Armengol (PRI), informaron por otra parte que el dictamen de decreto por el que reforman los incisos A y C de la fracción cuarta del artículo 328 de la Ley de Navegación tiene una errata.
El error llevó a que se cambiaron los números de los artículos que se refieren a dos cosas: a que el desguace (lugar en el que se desmontan totalmente las naves inservibles) de una embarcación sólo se puede realizar si se autoriza por la capitanía del puerto y en el caso de que no se haga así, amerita una multa, mencionó.
Así, agregó, la modificación es para que cuadre el artículo que requiere el permiso para el desguace y que cuando no se tiene ese permiso se aplique la multa.
Refirió que en el artículo 42 se habla de que los navieros que realicen tareas de cabotaje y navegación interior tienen que requerir de un permiso y el que no lo tenga se le aplican sanciones.
Martínez Armengol elaboró un estudio comparativo de la Ley de Puertos que hizo llegar a los integrantes del órgano legislativo a través de un cuadernillo en donde les explica cuáles son las condicionantes que se tendrán con las modificaciones.
Habló además de la importancia del cabildeo con la Comisión de Transportes para que junto con la Comisión de Marina emitan la Ley de Puertos, apuntó.
La Ley de Puertos, que data de 1993, requiere actualizarse; "todos conocemos la dinámica que se tiene en los puertos en la actualidad y en el mundo marítimo", resaltó.
Estos son temas claves para generar un apoyo a la recuperación de la flota mexicana que se ha ido reduciendo notablemente, no sólo en el área de Navegación de Altura sino en la de Navegación de Cabotaje, explicó.
"Tenemos que promover que la inversión y el crecimiento de la flota mexicana se dé a través de una legislación que la apoye y que contemple todas las obligaciones que se tienen a nivel internacional", enfatizó.
Destacó la importancia de la nueva ley al argumentar que toda la economía globalizada se posibilita, en gran parte, gracias a la transportación y comercio marítimo.
En reunión de trabajo, Gertz Manero y el secretario de la Comisión, Luis Antonio Martínez Armengol (PRI), informaron por otra parte que el dictamen de decreto por el que reforman los incisos A y C de la fracción cuarta del artículo 328 de la Ley de Navegación tiene una errata.
El error llevó a que se cambiaron los números de los artículos que se refieren a dos cosas: a que el desguace (lugar en el que se desmontan totalmente las naves inservibles) de una embarcación sólo se puede realizar si se autoriza por la capitanía del puerto y en el caso de que no se haga así, amerita una multa, mencionó.
Así, agregó, la modificación es para que cuadre el artículo que requiere el permiso para el desguace y que cuando no se tiene ese permiso se aplique la multa.
Refirió que en el artículo 42 se habla de que los navieros que realicen tareas de cabotaje y navegación interior tienen que requerir de un permiso y el que no lo tenga se le aplican sanciones.
Martínez Armengol elaboró un estudio comparativo de la Ley de Puertos que hizo llegar a los integrantes del órgano legislativo a través de un cuadernillo en donde les explica cuáles son las condicionantes que se tendrán con las modificaciones.
Habló además de la importancia del cabildeo con la Comisión de Transportes para que junto con la Comisión de Marina emitan la Ley de Puertos, apuntó.
La Ley de Puertos, que data de 1993, requiere actualizarse; "todos conocemos la dinámica que se tiene en los puertos en la actualidad y en el mundo marítimo", resaltó.
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