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miércoles, 8 de julio de 2015

Apoyo y Asesoría

A quien corresponda:


Por este medio hago saber mi inconformidad con el método que se esta llevando para la expedición de certificados en este caso el del OPB. debido a que en la capitanía de puerto de Campeche, Camp. Se me nego mi derecho de recibir la certificación del OPB por la razón que los nuevos lineamientos marcan que tengo que estar actualizado con las enmiendas de manila bajo mi titulo de PILOTO NAVAL QUE OSTENTO desde el 2012 el cual fue expedido bajo el SCTW 95 y es valido hasta el 2017 por lo cual yo cumplí debidamente con mi titulación y estoy vigente. 

Entonces Pido que me sea aceptado mi titulo sin la enmienda de manila 2010 ya que me encuentro vigente. Si no puedo recibir la titulación del OPB entonces tampoco podríamos trabajar ninguna persona que tengamos el SCTW95 lo cual por lo que me e informado no es así ya que seremos obligados hasta el 2017 como lo dice en las lineas finales. Por otra parte no se me hace justo tener que realizar el curso en este momento cuando yo ya tengo las signaturas para el siguiente asenso entonces tendría que hacer la homologación de mi titulo de piloto naval para poder recibir el certificado del OPB y después hacer de nuevo el curso para  ascenso a capitán de marina. Todo esto me resulta incongruente por parte de capitanía de puerto.

Quedo pendiente de sus comentarios.
1 de enero de 2012
El Convenio STCW entra en vigor para todos los países que forman parte del Convenio. A partir del 1 de enero de 2012 en adelante, deberán cumplirse los requisitos correspondientes a las nuevas horas mínimas de descanso y el registro de las horas de trabajo. Durante un periodo de cinco años, hasta el 1 de febrero de 2017 y, a nivel nacional, se procederá a la implantación gradual de las distintas reglas revisadas que contiene el Convenio de 2010 en su forma enmendada. Durante este periodo transicional de cinco años, las partes podrán continuar expidiendo títulos de competencia en conformidad con sus prácticas previas, sin embargo, a partir del
1 de julio de 2013, la formación y competencia de la gente de mar nueva deberán cumplir el Convenio STCW de 2010 en su forma enmendada.
1 de enero de 2014
A partir del 1 de enero de 2014, la gente de mar deberá recibir formación en aspectos de protección en conformidad con las nuevas disposiciones.1
 
Piloto naval 
Adrian E. Fernandez Garcia
9811604178
 
de 2017 y, a nivel nacional, se procederá a la implantación gradual de las distintas reglas revisadas que contiene el Convenio de 2010 en su forma enmendada. Durante este periodo transicional de cinco años, las partes podrán continuar expidiendo títulos de competencia en conformidad con sus prácticas previas, sin embargo, a partir del

1 de julio de 2013, la formación y competencia de la gente de mar nueva deberán cumplir el Convenio STCW de 2010 en su forma enmendada.