Fuente: El Comercio Digital
La Representación en España de la Comisión Europea hizo pública una nota de prensa en la que anuncia que el citado organismo comunitario «ha decidido tomar medidas legales contra España por incumplir una sentencia del Tribunal Europeo de Justicia sobre la condición de la nacionalidad para convertirse en capitán o primer oficial de buques que enarbolen el pabellón de España». A tal efecto, la Comisión Europea enviará un emplazamiento para exigir el cumplimiento de una sentencia, emitida ya el año pasado, que «estipulaba que la normativa española actual incumple la legislación en materia de libre circulación de los trabajadores».
La iniciativa parte del comisario de Empleo y Asuntos Sociales, Vladimir Spidla, quien, según la citada nota de prensa, defiende que «la libre circulación de los trabajadores es un principio de la base de la UE que garantiza la no discriminación de las personas por motivos de nacionalidad al circular por Europa».
El mismo comisario entiende que, tras la citada sentencia, España tiene ahora que adaptar su normativa y «velar por que no se discrimine a otros trabajadores de la UE».
En el caso de que una sentencia de Tribunal Europeo de Justicia no sea cumplida, «la Comisión podrá incoar nuevos procedimientos de infracción», que es lo que ahora está en marcha. España tiene un plazo de dos meses para presentar sus observaciones.
Ley General de Navegación
Fuentes de la Dirección General de la Marina Mercante explicaron que la reforma que resolverá el problema detectado por la Comisión Europea se encuentra ya en marcha.
No obstante, hace falta que se promulgue la Ley General de Navegación Marítima, que entró en diciembre de 2008 en las Cortes Generales. Cuenta con un plazo para presentar enmiendas, que fue prorrogado hasta pasado mañana. La reserva de nacionalidad para los puestos citados por la Comisión Europea se encuentra en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante de 1992, de forma que hace falta otra norma con carácter de ley para sustituir a la anterior. No obstante, España tiene intención de mantener la reserva en los casos en que capitanes y oficiales realicen de forma habitual funciones de «poder público», circunstancia que parece entender la jurisprudencia europea.
Las fuentes de Marina Mercante consultadas indicaron que hay barcos que son del Estado o que lo representan y, en esos casos, se mantendrá la reserva. No se trata sólo de la flota de la Armada, sino también de buques de salvamento o de investigación oceanográfica, aseguraron las citadas fuentes. Los mer cantes sí podrán ser mandados por extranjeros.
La Representación en España de la Comisión Europea hizo pública una nota de prensa en la que anuncia que el citado organismo comunitario «ha decidido tomar medidas legales contra España por incumplir una sentencia del Tribunal Europeo de Justicia sobre la condición de la nacionalidad para convertirse en capitán o primer oficial de buques que enarbolen el pabellón de España». A tal efecto, la Comisión Europea enviará un emplazamiento para exigir el cumplimiento de una sentencia, emitida ya el año pasado, que «estipulaba que la normativa española actual incumple la legislación en materia de libre circulación de los trabajadores».
La iniciativa parte del comisario de Empleo y Asuntos Sociales, Vladimir Spidla, quien, según la citada nota de prensa, defiende que «la libre circulación de los trabajadores es un principio de la base de la UE que garantiza la no discriminación de las personas por motivos de nacionalidad al circular por Europa».
El mismo comisario entiende que, tras la citada sentencia, España tiene ahora que adaptar su normativa y «velar por que no se discrimine a otros trabajadores de la UE».
En el caso de que una sentencia de Tribunal Europeo de Justicia no sea cumplida, «la Comisión podrá incoar nuevos procedimientos de infracción», que es lo que ahora está en marcha. España tiene un plazo de dos meses para presentar sus observaciones.
Ley General de Navegación
Fuentes de la Dirección General de la Marina Mercante explicaron que la reforma que resolverá el problema detectado por la Comisión Europea se encuentra ya en marcha.
No obstante, hace falta que se promulgue la Ley General de Navegación Marítima, que entró en diciembre de 2008 en las Cortes Generales. Cuenta con un plazo para presentar enmiendas, que fue prorrogado hasta pasado mañana. La reserva de nacionalidad para los puestos citados por la Comisión Europea se encuentra en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante de 1992, de forma que hace falta otra norma con carácter de ley para sustituir a la anterior. No obstante, España tiene intención de mantener la reserva en los casos en que capitanes y oficiales realicen de forma habitual funciones de «poder público», circunstancia que parece entender la jurisprudencia europea.
Las fuentes de Marina Mercante consultadas indicaron que hay barcos que son del Estado o que lo representan y, en esos casos, se mantendrá la reserva. No se trata sólo de la flota de la Armada, sino también de buques de salvamento o de investigación oceanográfica, aseguraron las citadas fuentes. Los mer cantes sí podrán ser mandados por extranjeros.
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