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martes, 15 de noviembre de 2011

Prestige : recordatorio para los ignorantes metidos a expertos

Fuente: Xornal

El pasado 7 de febrero, el secretario de Estado de Transportes del Ministerio de Fomento, Isaías Táboas, presentó el Programa de Información de Seguridad Marítima (PRISMA) por el que se incorporan más de 1.100 emplazamientos por toda la costa española, incluidos puertos, fondeaderos, rías y bahías que pueden servir de abrigo a un buque en determinadas circunstancias y así evitar catástrofes marinas.


PRISMA, que está operativo en la dirección general de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento, incluye una base de datos que incluye estos emplazamientos. Se trata de una herramienta diseñada de acuerdo a las directrices de la Organización Marítima Internacional (OMI), un organismo especializado de Naciones Unidas para la seguridad marítima y la prevención de la contaminación del medio marino.


Concretamente, la consulta de los posibles refugios puede realizarse mediante un visor cartográfico marino que ha sido desarrollado específicamente y que incorpora información ambiental, socio-económica y operativa de toda la costa española. Además, servirá a la hora de la toma de decisiones en situaciones de emergencia o alerta.

Finalmente, Táboas ha subrayado que el compromiso con la seguridad marítima no se centra "sólo" en los medios destinados a intervenir en caso de accidente, sino que "se extiende a la prevención y a la planificación". En este sentido, ha añadido que el programa PRISMA "mejora la regulación, los procedimientos y planes de respuesta ante una catástrofe marítima".

Bien, hasta aquí la noticia.

Bajo nuestro modesto entender, un proyecto que se vende a la opinión pública como cuasiperfecto y que dice que se podrá dar abrigo a buques con riesgo de contaminación " en determinadas circunstancias " ... escalda ...


La Resolución A.949(23 ) adoptadada el 5 de dicembre de 2003 por la Organización Marítima Internacional ( OMI ) sobre las Directrices Relativas a los Lugares de Refugio para los Buques Necesitados de Asistencia, deja bien claro en sus acuerdos :

Que permitir el acceso a un lugar de refugio puede implicar una decisión política que solamente puede tomarse después de estudiar cada caso individualmente, sopesando por un lado las ventajas que esa acción pueda reportar al buque afectado y al medio ambiente y, por otro, el riesgo que supone para el medio ambiente el hecho de que ese buque se encuentre cerca de la costa.

Es decir, que si en España " las determinadas circunstancias " son susceptibles de dudas y debates " ... la jodimos tia Paca.

Ya estaríamos metidos con otro Prestige y los políticos, exentos del Convenio Internacional de Titulación, Formación y Guardias para Gente de Mar, y todos sus cargos de confianza, a dia de hoy la Directora General de la Marina Mercante y la Directora de Sasemar, Magistrada y Períto Agrícola, armarían " tal cipostio " que la catástrofe estaría asegurada.

¿ Ustedes creen que las autoridades locales de un puerto o lugar de refugio permitirían dar abrigo a un barco con un episodio contaminante ? ¿ y si son de partidos diferentes que el Gobierno de turno ? ¿ se imaginan la escena ?

¿ Quieren ejemplos ?

Las denuncias e impedimentos del Presidente de la Autoridad Portuaria de Melilla, en la gestión del incidente del buque Tiger, demuestran una vez más, el altísimo riesgo que corren las costas españolas.

Reconocer su desconocimiento del Plan Nacional de Contingencias y por supuesto del RD 210/2004, significa obviar el ordenamiento jurídico español.

Las autoridades portuarias están inmersas en la gestión de incidentes, accidentes y catástrofes marítimas.

La gestión de buque Ostedijk en aguas de Galicia, sufrió también las presiones de distintas autoridades políticas.

Todo lo cual demuestra que el Ejecutivo, debería tomar medias ejemplarizantes contra todos aquellos que por acción u omisión, retrasen e impidan la gestión de siniestros marítimos.

El Presidente de la Autoridad Portuaria de Melilla, debió ser cesado fulminantemente por su evidente falta de rigor en la gestión del incidente del buque Tiger en aguas de Melilla.

El Art. 20 del RD 210/2004 sobre lugares de refugio, deja bien claro que:

" La Administración marítima, previa consulta a las partes interesadase informe, que no será determinante, del ente público Puertos delEstado sobre las condiciones técnicas y de operatividad portuaria,elaborará planes para albergar, en las aguas bajo su jurisdicción,buques necesitados de asistencia. Dichos planes contendrán lasdeterminaciones necesarias y los procedimientos que tengan en cuentalas limitaciones operativas y medioambientales para garantizar quelos buques necesitados de asistencia puedan dirigirse inmediatamentea un lugar de refugio sujeto a la autorización de la autoridadcompetente. Si la Administración marítima lo considera necesario yfactible, dichos planes incluirán disposiciones para facilitar losrecursos y equipos adecuados para la asistencia, el salvamento y lasoperaciones de intervención en caso de contaminación.Los planes para acoger buques necesitados de asistencia deberán estardisponibles a petición de las partes interesadas. "

El problema de un episodio contaminante también se encuentra en los alcaldes, si, han leido bien, en los alcaldes.

En Galicia, el episodio contaminante del buque Ostedijk, dejó " con el culo al aire " todo el ordenamiento jurídico español, al ser un alcalde quién se negó a negociar con las autoridades marítimas un episodio contaminante que podría poner en serio riesgo los intereses de la zona de se competencia y responsabilidad.

El ordenamiento jurídico de España permite a los gestores de incidentes, accidentes y catástrofes hacerlo, negociando con las
autoridades locales, pagándoles los posibles daños.


Para finalizar, como habrán podido comprobar el denominado Proyecto Prisma, tal y como está confeccionado el Cuadro Orgánico de la Administración Marítima española, poco futuro tien por no decir ninguno.

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