REFLEXIÓN MATUTINA.
Tetraheroica Veracruz, el 4 de diciembre del 2009.
El absurdo Decreto emitido por Felipe Calderón, motiva el siguiente ocurso, que ya ha salido por la vía más rápida para su entrega y del que espero su apoyo solidario, reenviándola a sus contactos, o bien dirigiendo algo similar como protesta al propio Calderón.
Correspondencia Particular de Edwin Corona y Cepeda
Miembro de número de la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística
Miembro de número de la Academia Nacional de Historia y Geografía
Miembro de número de la Academia Nacional de Ciencias
Primer Instructor Internacional Mexicano de Buceo
Expedicionario Mexicano de Fin del Siglo XX
ZAPATA # 28, P.A. ESQ. BLVD. AVILA CAMACHO
LA HUACA, 91700, VERACRUZ, VER.
TEL. 01 (229) 932-71-30
E-Mail: edwin_coronaII@hotmail.com
Tetraheroica Veracruz el 4 de diciembre del 2009.
C. FELIPE CALDERÓN HINOJOSA.
PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
PALACIO NACIONAL.
CENTRO HISTÓRICO
CD. DE MÉXICO, D. F.
ASUNTO: EXIJO QUE SE RETRACTE.
Con el respeto que su alta investidura merece, me permito elevar mi más enérgica protesta, misma que coincide con el sentir de millones de mexicanos en general y de los buzos nacionales en particular, amantes, por sobre todo, del mar de nuestra Patria y con la simpatía de muchos otros buceadores del Continente Americano, manifestando mi inquebrantable convicción de repudio respecto al cambio de nombre de la Isla Cerralvo en el Mar de Cortés por el del ciudadano francés Jacques Cousteau.
Baso esta protesta en la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
PRIMERA.- El 17 de noviembre del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, un Decreto, suscrito por Usted, en el que se ordena el cambio del nombre de la ISLA CERRALVO por el del investigador submarino francés Jacques Cousteau.
SEGUNDA.- La población sudcaliforniana, el Gobernador, Alcaldes y Ediles municipales, así como el Congreso de Baja California Sur, han rechazado, de forma unánime, el cambio de nombre que Usted realizó a la Isla Cerralvo. De la misma forma, este cambio de nombre ha sido objetado por TODA la sociedad mexicana y muy particularmente por buzos y marinos.
TERCERA.- Usted no consultó a ningún sector de la población para la toma de esta absurda disposición, que atropella un antecedente histórico que data de más de tres y medio siglos.
CUARTA.- No justifico, ni acepto, ninguna explicación sobre los motivos que dieron lugar al cambio de nombre de la Isla Cerralvo y aunque conocí personalmente al Comte. Cousteau al ocupar el cargo de Vicepresidente Técnico de la Confederación Mundial de Actividades Subacuáticas, cuya sede era la Ciudad de París, Usted se ha pasado por alto el motivo de la designación del nombre de Cerralvo, dado a la Isla en honor del Décimo Quinto Virrey de la Nueva España, Rodrigo Pacheco y Osorio, Marqués de Cerralvo, quien, entre otros aspectos, trajo de las Filipinas al navegante Sebastián Vizcaíno a quien encomendó el levantamiento cartográfico desde Cabo San Lucas, hasta Oregón en los EE. UU. El Marqués de Cerralvo también se distinguió por vencer a los invasores holandeses al mando del Príncipe de Nassau en la pretendida invasión al puerto de Acapulco, pero ante todo, por su magna obra libertaria, que fue la de haber fundado San Lorenzo de los Negros y de otorgarles la libertad a los negros pobladores, ciudad que después se llamó San Lorenzo de Cerralvo y luego se transformó en Municipio de Yanga, en el actual Estado de Veracruz de Ignacio de La Llave, denominación que ostenta hasta la fecha y al que se le ha reconocido mundialmente como PRIMER PUEBLO LIBRE DE AMÉRICA.
QUINTA.- Como descendiente del Diputado Constituyente Manuel Cepeda Medrano y de Don Venustiano Carranza, me permito señalar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que actualmente nos rige, menciona en su artículo 48: “Las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al territorio nacional; la plataforma continental, los zócalos submarinos de las islas, de los cayos y arrecifes, los mares territoriales, las aguas marítimas interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional, dependerán directamente del Gobierno de la Federación; con excepción de aquellas islas sobre las que, hasta la fecha hayan ejercido jurisdicción los Estados.
Tal es el caso de la Isla Cerralvo, ya que su primer antecedente lo constituye la Ley Orgánica del Territorio de la Baja California Sur, reglamentaria de la base 2ª. de la fracción VI del artículo 73 constitucional, aparecida en el Diario Oficial de la Federación del 20 de febrero de 1971, misma que en su artículo 2°, párrafo 2, expresa: “En relación con el artículo 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quedan comprendidas bajo la jurisdicción del Territorio (de Baja California Sur), las islas que a continuación, se mencionan: Natividad, San Roque, Magdalena, Margarita, y Creciente, situadas en el Océano Pacifíco; CERRALVO, Santa Catarina, San Juan Nepomuceno, Espíritu Santo, San José de Santa Cruz, Carmen, Coronados, San Marcos y Tortugas, situadas en el Golfo de California y además, las islas, islotes y cayos adyacentes localizados entre los paralelos 28° y 22° 30¨Norte.
Más claro….
CONCLUSIÓN.
La ineptitud de sus consejeros en materia insular y del territorio marino y submarino, así como la carencia de tacto para asesorarle y la falta de sensibilidad político-social, salta a la vista y lo ponen en el nivel de los non gratos a la Patria, acarreando, como consecuencia, el agravio hacia su mediocre gestión y la ventaja de unir al pueblo mexicano en contra de su deplorable administración.
La Isla Cerralvo es, por si no lo sabe, propiedad privada y aunque el Estado mantenga su dominio, no ejerce su propiedad, por lo que Usted debió seguir los conductos lícitos para ejercer tan ingrata acción, ya que, conforme al artículo 39 constitucional, “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este: El pueblo tiene, en todo el tiempo, el inalienable derecho de alterar o modificar su forma de gobierno” Por lo tanto, no se dio a conocer la acción de modificar el nombre de la Isla Cerralvo que, por su antecedente se ha ganado el título de Monumento Histórico: Más aun porque ha llevado consigo el nombre de un hombre ilustre, que puso a la Nueva España como cuna de la libertad de los esclavos negros y como Fundador del Primer Pueblo Libre en América.
En otro contexto, la soberanía e integridad del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur ha sido violada flagrantemente porque se tomó la decisión unilateral de cambiar el nombre de la Isla Cerralvo, sin considerar que conforme a los preceptos anteriormente enunciados, esta bajo la jurisdicción del Gobierno Estatal, además la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 89 no faculta al Presidente sobrepasar la autoridad del Gobierno del Estado y la fracción II del artículo 121 de nuestra Carta Magna dice que los bienes muebles e inmuebles se regirán por la ley del lugar de su ubicación, y así, los artículos 2 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur, facultan al Gobernador a concertar convenios con la Federación, más esto no autoriza al Ejecutivo Federal para cambiar el nombre y mucho menos soslayar el importante aspecto histórico que dio origen a su denominación, razón por la que el procedimiento obligado debió ser:
1.- Consultar a la población.
2.- Solicitar la anuencia del Gobierno Estatal.
3.- Solicitar la venia del pueblo de México a través de la representación camaral del Congreso de la Unión y no aceptar, por ningún motivo el capricho o la conveniencia de los malos mexicanos que no vacilan en cambiar o eliminar la Historia para su particular provecho y que, modernos Santa Ana, pretenden continuar con el desmembramiento y el entreguismo, no solo de nuestra economía, sino del territorio nacional y sus recursos.
SOLICITUD.
Por tanto, dada la desaprobación manifiesta de los mexicanos sobre el DECRETO QUE SUSTITUYE EL NOMBRE DE LA ISLA CERRALVO POR EL DE JACQUES COUSTEAU, así como lo improcedente de su constitucionalidad, que por este mismo hecho ANULA LEGALMENTE EL DECRETO, le solicito:
ÚNICO.- Retractar el Decreto que cambia el nombre de la Isla Cerralvo por el de Jacques Cousteau, manteniendo el nombre original de Isla Cerralvo.
Quedo en espera de su contestación
A T E N T A M E N T E
EDWIN CORONA Y CEPEDA.
Instructor Internacional de Buceo.
Tetraheroica Veracruz, el 4 de diciembre del 2009.
El absurdo Decreto emitido por Felipe Calderón, motiva el siguiente ocurso, que ya ha salido por la vía más rápida para su entrega y del que espero su apoyo solidario, reenviándola a sus contactos, o bien dirigiendo algo similar como protesta al propio Calderón.
Correspondencia Particular de Edwin Corona y Cepeda
Miembro de número de la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística
Miembro de número de la Academia Nacional de Historia y Geografía
Miembro de número de la Academia Nacional de Ciencias
Primer Instructor Internacional Mexicano de Buceo
Expedicionario Mexicano de Fin del Siglo XX
ZAPATA # 28, P.A. ESQ. BLVD. AVILA CAMACHO
LA HUACA, 91700, VERACRUZ, VER.
TEL. 01 (229) 932-71-30
E-Mail: edwin_coronaII@hotmail.com
Tetraheroica Veracruz el 4 de diciembre del 2009.
C. FELIPE CALDERÓN HINOJOSA.
PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
PALACIO NACIONAL.
CENTRO HISTÓRICO
CD. DE MÉXICO, D. F.
ASUNTO: EXIJO QUE SE RETRACTE.
Con el respeto que su alta investidura merece, me permito elevar mi más enérgica protesta, misma que coincide con el sentir de millones de mexicanos en general y de los buzos nacionales en particular, amantes, por sobre todo, del mar de nuestra Patria y con la simpatía de muchos otros buceadores del Continente Americano, manifestando mi inquebrantable convicción de repudio respecto al cambio de nombre de la Isla Cerralvo en el Mar de Cortés por el del ciudadano francés Jacques Cousteau.
Baso esta protesta en la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
PRIMERA.- El 17 de noviembre del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, un Decreto, suscrito por Usted, en el que se ordena el cambio del nombre de la ISLA CERRALVO por el del investigador submarino francés Jacques Cousteau.
SEGUNDA.- La población sudcaliforniana, el Gobernador, Alcaldes y Ediles municipales, así como el Congreso de Baja California Sur, han rechazado, de forma unánime, el cambio de nombre que Usted realizó a la Isla Cerralvo. De la misma forma, este cambio de nombre ha sido objetado por TODA la sociedad mexicana y muy particularmente por buzos y marinos.
TERCERA.- Usted no consultó a ningún sector de la población para la toma de esta absurda disposición, que atropella un antecedente histórico que data de más de tres y medio siglos.
CUARTA.- No justifico, ni acepto, ninguna explicación sobre los motivos que dieron lugar al cambio de nombre de la Isla Cerralvo y aunque conocí personalmente al Comte. Cousteau al ocupar el cargo de Vicepresidente Técnico de la Confederación Mundial de Actividades Subacuáticas, cuya sede era la Ciudad de París, Usted se ha pasado por alto el motivo de la designación del nombre de Cerralvo, dado a la Isla en honor del Décimo Quinto Virrey de la Nueva España, Rodrigo Pacheco y Osorio, Marqués de Cerralvo, quien, entre otros aspectos, trajo de las Filipinas al navegante Sebastián Vizcaíno a quien encomendó el levantamiento cartográfico desde Cabo San Lucas, hasta Oregón en los EE. UU. El Marqués de Cerralvo también se distinguió por vencer a los invasores holandeses al mando del Príncipe de Nassau en la pretendida invasión al puerto de Acapulco, pero ante todo, por su magna obra libertaria, que fue la de haber fundado San Lorenzo de los Negros y de otorgarles la libertad a los negros pobladores, ciudad que después se llamó San Lorenzo de Cerralvo y luego se transformó en Municipio de Yanga, en el actual Estado de Veracruz de Ignacio de La Llave, denominación que ostenta hasta la fecha y al que se le ha reconocido mundialmente como PRIMER PUEBLO LIBRE DE AMÉRICA.
QUINTA.- Como descendiente del Diputado Constituyente Manuel Cepeda Medrano y de Don Venustiano Carranza, me permito señalar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que actualmente nos rige, menciona en su artículo 48: “Las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al territorio nacional; la plataforma continental, los zócalos submarinos de las islas, de los cayos y arrecifes, los mares territoriales, las aguas marítimas interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional, dependerán directamente del Gobierno de la Federación; con excepción de aquellas islas sobre las que, hasta la fecha hayan ejercido jurisdicción los Estados.
Tal es el caso de la Isla Cerralvo, ya que su primer antecedente lo constituye la Ley Orgánica del Territorio de la Baja California Sur, reglamentaria de la base 2ª. de la fracción VI del artículo 73 constitucional, aparecida en el Diario Oficial de la Federación del 20 de febrero de 1971, misma que en su artículo 2°, párrafo 2, expresa: “En relación con el artículo 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quedan comprendidas bajo la jurisdicción del Territorio (de Baja California Sur), las islas que a continuación, se mencionan: Natividad, San Roque, Magdalena, Margarita, y Creciente, situadas en el Océano Pacifíco; CERRALVO, Santa Catarina, San Juan Nepomuceno, Espíritu Santo, San José de Santa Cruz, Carmen, Coronados, San Marcos y Tortugas, situadas en el Golfo de California y además, las islas, islotes y cayos adyacentes localizados entre los paralelos 28° y 22° 30¨Norte.
Más claro….
CONCLUSIÓN.
La ineptitud de sus consejeros en materia insular y del territorio marino y submarino, así como la carencia de tacto para asesorarle y la falta de sensibilidad político-social, salta a la vista y lo ponen en el nivel de los non gratos a la Patria, acarreando, como consecuencia, el agravio hacia su mediocre gestión y la ventaja de unir al pueblo mexicano en contra de su deplorable administración.
La Isla Cerralvo es, por si no lo sabe, propiedad privada y aunque el Estado mantenga su dominio, no ejerce su propiedad, por lo que Usted debió seguir los conductos lícitos para ejercer tan ingrata acción, ya que, conforme al artículo 39 constitucional, “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este: El pueblo tiene, en todo el tiempo, el inalienable derecho de alterar o modificar su forma de gobierno” Por lo tanto, no se dio a conocer la acción de modificar el nombre de la Isla Cerralvo que, por su antecedente se ha ganado el título de Monumento Histórico: Más aun porque ha llevado consigo el nombre de un hombre ilustre, que puso a la Nueva España como cuna de la libertad de los esclavos negros y como Fundador del Primer Pueblo Libre en América.
En otro contexto, la soberanía e integridad del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur ha sido violada flagrantemente porque se tomó la decisión unilateral de cambiar el nombre de la Isla Cerralvo, sin considerar que conforme a los preceptos anteriormente enunciados, esta bajo la jurisdicción del Gobierno Estatal, además la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 89 no faculta al Presidente sobrepasar la autoridad del Gobierno del Estado y la fracción II del artículo 121 de nuestra Carta Magna dice que los bienes muebles e inmuebles se regirán por la ley del lugar de su ubicación, y así, los artículos 2 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur, facultan al Gobernador a concertar convenios con la Federación, más esto no autoriza al Ejecutivo Federal para cambiar el nombre y mucho menos soslayar el importante aspecto histórico que dio origen a su denominación, razón por la que el procedimiento obligado debió ser:
1.- Consultar a la población.
2.- Solicitar la anuencia del Gobierno Estatal.
3.- Solicitar la venia del pueblo de México a través de la representación camaral del Congreso de la Unión y no aceptar, por ningún motivo el capricho o la conveniencia de los malos mexicanos que no vacilan en cambiar o eliminar la Historia para su particular provecho y que, modernos Santa Ana, pretenden continuar con el desmembramiento y el entreguismo, no solo de nuestra economía, sino del territorio nacional y sus recursos.
SOLICITUD.
Por tanto, dada la desaprobación manifiesta de los mexicanos sobre el DECRETO QUE SUSTITUYE EL NOMBRE DE LA ISLA CERRALVO POR EL DE JACQUES COUSTEAU, así como lo improcedente de su constitucionalidad, que por este mismo hecho ANULA LEGALMENTE EL DECRETO, le solicito:
ÚNICO.- Retractar el Decreto que cambia el nombre de la Isla Cerralvo por el de Jacques Cousteau, manteniendo el nombre original de Isla Cerralvo.
Quedo en espera de su contestación
A T E N T A M E N T E
EDWIN CORONA Y CEPEDA.
Instructor Internacional de Buceo.
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