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martes, 6 de marzo de 2012

Proyecto de Decreto, por el que se adicionan dos párrafos a la fracción II del artículo 59 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.

MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

MARINA
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1 Proyecto de Decreto, por el que se adicionan dos párrafos a la fracción II del artículo 59 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 08-MAR-11

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Con Opinión de - Transportes
- Marina
Publicación en Gaceta: 08-MAR-11
Establecer que la contratación del servicio portuario de remolque será opcional para los cruceros turísticos, siempre y cuando cuenten con los dispositivos tecnológicos para realizar maniobras seguras dentro de los límites del puerto. Asimismo que la autoridad establecerá los lineamientos normativos para garantizar la responsabilidad civil, administrativa legal o de cualquier tipo, cuando los cruceros opten por realizar sus propias maniobras.
Estado Actual:
Desechada

con fecha --


1. Iniciativa presentada por la Sen. Margarita Villaescusa Rojo (PRI) el 30 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura presentado el 01 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

3. Dictamen presentado el 03 de marzo de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 82 votos, 1 en contra y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Comunicación de la presidencia de la Mesa Directiva presentada en la sesión del 31 de marzo, 2011 y publicada en la Gaceta Parlamentaria de la misma fecha por la cual informa la modificación de turno para que la comisión de Marina dictamine y la comisión de Transportes emita su opinión

5. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la CPEUM.

1 comentario:

edicksnelson dijo...

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