Fuente: El Faro
El Consejo de Ministros, a petición del Ministerio de Fomento, aprobó el Real Decreto por el que se reglamentan las condiciones de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en el mar aplicables a las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo y pruebas náutico-deportivas. El principal objetivo de la nueva normaltiva es la mejora de este tipo de navegación y se fundamenta en el incremento, cuantitativo y cualitativo de tales actividades. Con la entrada en vigor del reglamento se articula un nuevo marco jurídico en la actividad de sectores como el turístico, el cultural y la práctica del ocio en el mar.
Uno de los aspectos más importantes y que más trascendencia puede tener en la ciudad, además de las actividades que realiza el ICD, es la festividad de la Virgen del Carmen, ya que la entrada en vigor de este reglamento regula la navegación en grupo de embarcaciones de la tercera, cuarta, quinta, sexta y séptima lista, debido a que la procesión marítima implica el viaje a bordo de cada embarcación de gran cantidad de personas ajenas a su tripulación.
Esta situación exigirá la adopción de unas medidas específicas para salvaguardar la seguridad marítima y la vida humana. El capitán marítimo establecerá los criterios y requisitos de seguridad particulares a cada evento. Se trata así de buscar un equilibrio entre la seguridad de personas y el mantenimiento de las tradiciones navales de amplio arraigo popular.
La mejora de la seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en el mar es el principal objetivo publicado en el Boletín Oficial del Estado, número 33, de 7 de febrero de 2008. La nueva normativa se fundamenta en el incremento, cuantitativo y cualitativo, de las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo o cultural -procesiones, fiestas patronales...) y, en particular, en la proliferación de eventos náuticos-deportivos, tales como regatas, que se celebran habitualmente en el litoral y las aguas españolas.
El reglamento establece los criterios de seguridad que deben regir la celebración de los actos citados, desde la perspectiva de la salvaguardia de la vida humana en el mar y de la navegación, fundamentalmente en relación con las embarcaciones que toman parte en los mismos y las personas que se encuentran a bordo.
Dirección del CHAT
El Blog no se hace responsable por las opiniones emitidas en este espacio. Los comentarios aquí publicados son responsabilidad de quién los escribe.
miércoles, 7 de mayo de 2008
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario