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lunes, 17 de diciembre de 2007

Interponen recurso de protección en contra de Directemar

Fuente: La Prensa Austral

La empresa Transbordadora Austral Broom S.A. (Tabsa) interpuso en los tribunales un recurso de protección en contra de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante (Directemar).
El recurso alega una interpretación errada por parte de la Directemar de su propia directiva, la Nº 080, que fija las características que deben tener las lanchas de prácticos dependiendo la zona en que se produzca el embarque y desembarque de estos profesionales en las naves de mayor envergadura.
Según explicó el gerente general de Tabsa, Alejandro Kusanovic, la nueva directiva obligó a la empresa a construir una lancha de prácticos para que opere en la zona de Punta Delgada, siguiendo las instrucciones y normas dispuestas por la autoridad marítima.
La nueva embarcación costó unos dos millones de dólares, algo así como mil millones de pesos.
Pero, para su sorpresa, la propia Directemar estimó luego que no era necesario que se hubiera construido una nueva lancha, considerando que no era aplicable a dicha zona el que la embarcación alcanzara 18 nudos y estimando que sólo se requería una velocidad de 15 nudos.
“Presentamos este recurso porque discrepamos de la interpretación que da la Directemar a la directiva 080. Entendemos que la directiva nos obliga a contar con una nave que alcance los 18 nudos en un estado de mar 2 (de relativo mal oleaje). Nuestra lancha cumple con todo y ahora la Directemar sostiene que sólo se requería para esta lancha tipo C que alcanzara una velocidad de 15 nudos para un mar tipo 2”, dijo Kusanovic.
El referido instructivo define qué tipo de lancha de prácticos se debe operar en diferentes áreas y de acuerdo al viento y altura de las olas.
Para el estrecho de Magallanes, la directiva plantea que la lancha A que opera en el área de puerto debe alcanzar 12 nudos; y la lancha B fuera de la zona portuaria, 18 nudos.
La interpretación de la Directemar establece que en mar abierto, la lancha tipo C debe alcanzar sólo 15 nudos; pero la empresa entiende que allí se obliga a contar con una nave que pueda tener una velocidad de 18 nudos.

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