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lunes, 20 de mayo de 2013

El servicio de pilotaje se prestará en forma continua, permanente, uniforme, regular y por turnos.

 El servicio de pilotaje se prestará en forma continua, permanente, uniforme, regular y por turnos.



La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 434 votos, reformas a las leyes de Navegación y Comercio Marítimos y a la de Puertos para definir con precisión la figura del pilotaje o practicaje, el cual es considerado como un servicio de interés público y que coadyuva a la preservación de la seguridad, soberanía e independencia nacionales.

El documento señala que debido a la importancia que tiene el servicio de pilotaje o practicaje, es necesario definirlo claramente, a fin de contribuir al fortalecimiento de esta actividad.
La reforma define al pilotaje o practicaje como la actividad que realiza una persona física de nacionalidad mexicana por nacimiento, llamado práctico o piloto de puerto, consistente en realizar maniobras de entrada, salida, fondeo, enmienda, atraque o desatraque con las embarcaciones, a fin de preservar la vida humana, el medio ambiente marino, la seguridad de las embarcaciones y de las instalaciones portuarias en las zonas de pilotaje. 

Asimismo, se define a la Zona de Pilotaje como: puertos, terminales, terminales costa afuera, marinas, instalaciones portuarias, canales de navegación, áreas de fondeo, áreas de seguridad y vías navegables delimitadas y aquellas en que se determine como obligatorio el Pilotaje. 



También se establece que el servicio público de pilotaje o practicaje se prestará en forma continua, permanente, uniforme, regular y por turnos durante todo el año, las veinticuatro horas del día, exceptuando los periodos en que el estado del tiempo, las marejadas o corrientes y la saturación del puerto impidan prestar ininterrumpidamente el servicio de pilotaje, y cuando el servicio sea alterado por causas de interés público o cuando así lo determine la autoridad competente. 

Además, se precisa la obligatoriedad de realizar prácticas en el puerto y zona de pilotaje donde se aspire a prestar el servicio. 



Al fundamentar el dictamen, los diputados German Pacheco Díaz (PAN) y Raúl Santos Galván Villanueva (PRI) señalaron que el pilotaje o practicaje es un servicio de interés público que incide en la seguridad nacional por el valor estratégico que tienen las instalaciones portuarias y las vías navegables para la economía nacional.
Aclararon que el servicio que prestan los pilotos de puerto, que deben ser mexicanos por nacimiento y marinos mercantes profesionales debidamente certificados, incide en la seguridad nacional, pues un accidente provocado por una mala maniobra, podría bloquear el puerto por tiempo indefinido, con severas consecuencias para la economía nacional y el comercio mundial. 



Es por ello, aclararon, que en el marco normativo que rige este servicio tan importante, debe ser actualizado para que responda mejor al espíritu y a la letra de la Constitución Política. 



En su turno, el diputado José Soto Martínez (MC) destacó que la trascendencia de las reformas radica en que repercuten de manera directa en el fortalecimiento y desarrollo de la actividad portuaria, al priorizar aspectos relacionados con la vida humana y el medio ambiente. Por ello, dijo, su partido está a favor de dotar de herramientas al servicio público de pilotaje y practicaje, ya que es necesario que los pilotos de los puertos tengan certeza jurídica, especialmente porque al desempeñar sus labores garantizan la vida humana, la integridad de las embarcaciones y el ambiente marino. 



La diputada María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (PVEM) detalló que las reformas realizan precisiones a la ley, dado que actualmente sólo se menciona a los pilotos, lo cual puede dar pie a confusiones; además, se amplía el concepto de servicios de practicaje o de pilotaje con el fin de armonizarlo con lo dispuesto en el artículo 32 constitucional, en lo que se refiere a esta actividad.
Consideró positivas las modificaciones a las leyes, pues con ello se pretende crear un sistema portuario con transporte marítimo eficiente, oportuno y seguro, lo que contribuiría a dinamizar la actividad portuaria. 



Por el PRI, el diputado Francisco Grajales Palacios refirió que la falta de una adecuada definición sobre esta actividad generaba que se encontrara en un estado de ambigüedad el término. Por lo tanto, es oportuno conceptualizar esta figura, así como establecer una adecuada definición de las zonas de pilotaje, con lo que se evitará que se tengan dudas sobre los diferentes lugares en los que se lleva a cabo la práctica de esa actividad. Explicó que debido a la importancia que tiene el servicio de pilotaje o practicaje se establecen dos medidas fundamentales para la profesionalización de quienes desarrollen esta actividad. Una, que es dotar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de la facultad de otorgar certificados de competencia.
Otra, en la obligación a cargo de los pilotos de puerto, de realizar prácticas en el puerto y zona de pilotaje donde aspira a prestar el servicio. 

Las reformas se devolvieron al Senado de la República para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.


Finalmente el Diputado German Pacheco Díaz felicitó al actual grupo de compañeros legisladores y asesores que integran las Comisiones Unidas de Marina y de Transportes de la Cámara de Diputados por el esfuerzo realizado para desahogar los dictámenes que habían quedado rezagados desde la anterior legislatura, por lo que ahora podrán trabajar en nuevas propuestas legislativas en beneficio de los puertos y la marina mercante nacional.

Fuente: Panorama Marítimo y Portuario

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