Fuente: El Universal
Alberto Barranco
Empresa
Republicanos y racismo
A contrapelo de un procedimiento abierto en su contra por infringir la Ley de Navegación y Comercio Marítimo al utilizar barcos de bandera extranjera en operaciones de cabotaje, Petróleos Mexicanos le acaba de otorgar un jugoso contrato a la firma Ocean Mexicana
Estamos hablando del alquiler de dos de sus buquetanques, bautizados como Assos y Atroles, a casco desnudo, por un periodo de cinco años.
Alberto Barranco
Empresa
Republicanos y racismo
A contrapelo de un procedimiento abierto en su contra por infringir la Ley de Navegación y Comercio Marítimo al utilizar barcos de bandera extranjera en operaciones de cabotaje, Petróleos Mexicanos le acaba de otorgar un jugoso contrato a la firma Ocean Mexicana
Estamos hablando del alquiler de dos de sus buquetanques, bautizados como Assos y Atroles, a casco desnudo, por un periodo de cinco años.
La otra mitad del contrato lo ganó la Naviera Tulum, cuyos barcos a su vez se conocen como Tulum y Tula.
Se diría, pues, que la paraestatal infringió la ley que impide licitar a empresas que enfrentan procedimientos legales. Sin embargo, por paradójico que parezca, la propia empresa pública ha impugnado el ordenamiento de la discordia por la vía del amparo. Digamos que en la práctica está soslayando el alcance de ésta en beneficio de sus propios intereses.
De acuerdo con la óptica de los funcionarios de la empresa pública, la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, en cuyos artículos se impide la contratación de barcos de bandera extranjera para realizar fletes al interior de la República, se contrapone a la Ley de Adjudicaciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que obliga a su vez a abrir los concursos a todos los posibles participantes. Digamos que el marco jurídico los coloca en la encrucijada.
La exposición de motivos de los amparos interpuestos habla de haberse expedido el ordenamiento a soslayo de un entorno internacional de competidores globales.
Aunque la exigencia de naves de bandera propia existe en la mayoría de los países, algunos de ellos la han adaptado a las circunstancias. Noruega, por ejemplo, tiene un marco legal que beneficia a los navieros noruegos y privilegia a los de bandera nacional. Sin embargo, se creó un registro internacional denominado WIS (Norwergian International Ship Register) que permite registrar barcos de otra bandera en forma provisional.
Se acepta, pues, la posibilidad del cabotaje durante el lapso que dure el contrato otorgado… cuando no haya barcos nacionales disponibles, en un escenario en que los navieros ubican las mejores condiciones en el mercado internacional, tantito en materia de financiamiento como de seguridad jurídica… y estabilidad regulatoria, al momento de decidir dónde comprar un barco.
Naturalmente, la operación de las naves se realiza bajo la legislación noruega. El país nórdico, como usted sabe, es una de las potencias del planeta en materia de transporte marítimo.
Ahora que en Panamá se puede abanderar como nacionales a barcos mediante contratos de fletamento, suspendiendo temporalmente la bandera de origen, lo que a juicio de las autoridades les permite el acceso a los operadores mundiales, su competitividad y su desarrollo tecnológico.
El país centroamericano, bajo ese paraguas, alcanza el mayor tonelaje de buques registrados en el mundo, utilizando tripulación panameña.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Navegación y Comercio Marítimo, si algún naviero del exterior quiere abanderar un barco en México, únicamente podría adquirir éste a través de compra directa o arrendamiento financiero otorgado por una institución financiera bajo condiciones de crédito mexicano, lo que le cierra posibilidades de líneas de crédito más competitivas.
De ahí, pues, que sean contados los barcos que navegan bajo bandera mexicana, lo que limita el acceso de participantes a las licitaciones convocadas por Petróleos Mexicanos.
Desde otro ángulo, el ordenamiento establece que los barcos que hayan obtenido los permisos para navegar en aguas mexicanas sólo podrán hacerlo durante dos años, lo que limita a la empresa pública a otorgar contratos de largo plazo.
Más allá, ningún barco de bandera extranjera puede realizar tareas de cabotaje si existe un solo buque de bandera mexicana que realice el servicio. En caso contrario, se le da un permiso especial vigente sólo dos años.
La exigencia, decíamos, limita a Pemex a expedir bases de concurso más allá de dos años, lo que genera sobrecostos, al tener que negociar periódicamente los precios.
Según ello, pues, la ley aprobada por una mayoría abrumadora en las dos cámaras legislativas se volvió un cuello de botella.
Lo inaudito del caso es que el gol se le haya ido a los cabilderos de la empresa pública.
Y lo inaudito, además, es que hoy se requiere combatir el supuesto entuerto por la vía de soslayar su aplicación.