Fuente: Opinión la Coruña
REDACCIÓN A CORUÑA Dos armadores de un buque de pesca del puerto de Muros se enfrentan a una petición de dos años y medio de prisión y una indemnización de 108.000 euros como consecuencia del accidente laboral sufrido por un marinero a sus órdenes, que según la Fiscalía no vestía las ropas de trabajo adecuadas para la realización de la tarea que se le encomendó, que además debía ser llevada a cabo por dos personas.
Los hechos sucedieron en abril de 2002 cuando el barco se hallaba amarrado en Muros y el trabajador recibió la orden de izar el cabo que sujetaba la embarcación al noray del muelle, para lo que debe emplearse un molinete eléctrico. La reglamentación técnica obliga a que sean dos marineros quienes acometan esta tarea debido a su peligrosidad, para la que también es necesario disponer de vestimenta adecuada, aunque el operario se hallaba solo y vestía sus propias ropas.
Cuando la máquina comenzó a girar, el cabo enganchó el jersey del marinero y le envolvió varias veces, al tiempo que le golpeaba contra el molinete y la cubierta del pesquero. La máquina disponía de un botón de parada, pero el trabajador no pudo accionarlo y tuvo que ser el segundo patrón el que lo pulsase tras llegar desde la cabina. El fiscal califica los hechos de delitos contra los derechos de los trabajadores y de lesiones imprudentes.
Los hechos sucedieron en abril de 2002 cuando el barco se hallaba amarrado en Muros y el trabajador recibió la orden de izar el cabo que sujetaba la embarcación al noray del muelle, para lo que debe emplearse un molinete eléctrico. La reglamentación técnica obliga a que sean dos marineros quienes acometan esta tarea debido a su peligrosidad, para la que también es necesario disponer de vestimenta adecuada, aunque el operario se hallaba solo y vestía sus propias ropas.
Cuando la máquina comenzó a girar, el cabo enganchó el jersey del marinero y le envolvió varias veces, al tiempo que le golpeaba contra el molinete y la cubierta del pesquero. La máquina disponía de un botón de parada, pero el trabajador no pudo accionarlo y tuvo que ser el segundo patrón el que lo pulsase tras llegar desde la cabina. El fiscal califica los hechos de delitos contra los derechos de los trabajadores y de lesiones imprudentes.
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