Fuente: Excelsior
J.J. Guadarrama
Integrantes de la industria de puertos y comercio marítimo esperan que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) deseche por completo el anteproyecto del Reglamento General de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, ya que consideran que algunos de sus artículos resultan inconstitucionales, violatorios de tratados y acuerdos internacionales.
Incluso, dijeron, se rebasa a la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, lo cual propiciaría desabasto para empresas como Petróleos Mexicanos (Pemex) y barreras para las aseguradoras.
Fernando Ramírez Martínez, secretario general del Sindicato Nacional de Pilotos de Puertos (SNPP) y Jorge Fuentes, asesor jurídico de esa misma organización, destacaron que si bien en materia de pilotaje hay avances, también se generaron comentarios en el sentido de que esta actividad no es necesaria en barcos petroleros.
Cabe destacar que la Comisión Federal de Mejora Regularoria (Comefer) ya emitió un dictamen total no final, donde las autoridades buscaron aglutinar todos los ordenamientos secundarios en un solo reglamento general, pero no permitirá el impulso de la marina mercante.
Ramírez indicó que el pilotaje es un servicio de interés público y su finalidad central es la seguridad. Por ello, dijo que el sector espera que las autoridades tomen en cuenta la necesidad de varios reglamentos específicos y no uno solo de carácter general, además el anteproyecto en proceso había presentado violaciones a la Constitución.
En el análisis Pemex observó que “el anteproyecto del Reglamento limita a dos años a los navieros mexicanos en el libre ejercicio de su actividad comercial. Modificando la situación del mercado, la competencia y la libre concurrencia. Para el caso particular de Pemex Petroquímica, esa situación generaría desabasto de amoniaco”.
Y es que de acuerdo con el reglamento ya no se podrían obtener permisos temporales de navegación para embarcaciones extranjeras después de dos años, en el que tendrían la obligación de abanderarse como mexicanas.
En sus comentarios la parestatal destacó: “Al no poder obtener la renovación del permiso de navegación después de dos años, para la misma embarcación o para una con características similares, Pemex Petroquímica se vería imposibilitado para realizar la distribución de producto en las zonas que únicamente se puede llevar a través de la vía marítima”.
En un extenso documento de comentarios, la petrolera nacional observa diversos artículos inconstitucionales, además de contrasentidos, como la atribución de facultades a la Dirección General de Marina Mercante (DGMM) para interpretar la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASP), así como la Ley de Obra Pública, que corresponden a la Secretaría de la Función Pública.
El artículo 37 limita que las embarcaciones de 500 o más UAB, para las que se pretenda obtener la matrícula y bandara mexicanas, no deberá exceder de los 20 años de antigüedad en su construcción en el momento de la solicitud, salvo justificación técnica aprobada por la DGMM.
En este sentido los comentarios de Pemex se enfocaron al hecho de que la Organización Marítima Internacional (OMI) ha marcado directrices sobre la vida útil de los buques, “dura de 20 a 25 años o incluso más”; por lo que se estarían contraviniendo acuerdos internacionales.
La Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) comentó en su momento que la Ley de Navegación y Comercio Marítimo (LNCM) no otorga certeza jurídica para las partes en el contrato de un seguro, hay dificultad de colocación de riesgos en los mercados nacionales e internacionales de seguros.
Así, integrantes de esta rama industrial esperan correcciones de fondo e incluso se deseche el anteproyecto.
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jueves, 10 de julio de 2008
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