domingo, 1 de marzo de 2009

ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO DEL SERVICIO DE MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE

No. Expediente:10/0402/211108
Titulo: REGLAMENTO DEL SERVICIO DE MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE
Enviado por: SCT
Fecha de apertura: 21/11/2008

Documentos que conforman al Anteproyecto Regulatorio.


Tipo de documento......Fecha de emisión......Remitente...... Oficio

SCT
MIR ordinaria. - 21/11/2008 - Lic. María Fernanda Casanueva de Diego - SCT/16657

SCT

Solicitud de ampliaciones o correcciones a la MIR - 05/12/2008 - David Quezada Bonilla -COFEME/08/3676

Ing. Mec. Naval Martín H. García Sotelo

Comentario de particulares - 08/12/2008 - Comentario -s/n

OCPNRM, ITF, ASOMMMN

Comentario de particulares - 09/12/2008 -Comentario - s/n

Sindicato Nacional de Pilotos de Puerto

Comentario de particulares - 16/12/2008 - Comentario - CEN-SG-MEX140/08

Colegio de Marinos de Campeche

Comentario de particulares -16/12/2008 - Comentario - s/n

Frente Unido de Marinos Mercantes, A.C.

Comentario de particulares - 12/01/2009 - Comentario - s/n

Camara Nacional de Aerotransportes

Comentario de particulares - 13/01/2009 - Comentario - 019/2009

OCPNRM, ITF

Comentario de particulares - 13/01/2009 - Comentario - S/N

OCPNRM

Comentario de particulares - 13/01/2009 - Comentario - 010/SG/20090109

Comisión Federal de Competencia

Comentario de dependencia. - 14/01/2009 - Eduardo Pérez Motta - PRES-10-096-2009-002

CANAPAT

Comentario de particulares - 15/01/2009 - Comentario - GJ/MEX/06/2009

Centro Nacional para la Prevención de Accidentes

Comentario de dependencia. - 16/01/2009 - Dr. Arturo Cervantes Trejo / CENAPRA - CNPA/SLDA/00007/09

Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos, A.C.

Comentario de particulares - 16/01/2009 - Comentario - DFRD/001/09

Camara Nacional de Aerotransportes

Comentario de particulares - 06/02/2009 - Comentario - 072/2009

Consejo Consultivo de Medicina Aeroespacial

Comentario de particulares - 20/02/2009 - Comentario - s/n

INFORMACIÓN PARA LOS TRABAJADORES DEL MAR.

Crónica de una auditoría anunciada

Análisis del ejercicio de las facultades de las autoridades fiscales para evitar ciertas prácticas consideradas lesivas para el fisco.

Breve recuento

José E. Velasco es dueño de una pequeña empresa dedicada al transporte marítimo de pasajeros. Los gastos más importantes que generaba eran los relativos a su nómina, primordialmente por el pago de cuotas de seguridad social, impuestos locales y el pago de PTU, administración de la misma y asesoría de abogados por litigios laborales.

En diversas ocasiones solicitó a su contador que buscará alternativas para disminuir ese gasto, no encontrando alternativas que disminuyeran de manera importante ese concepto, pero llegó la solución.

Hoy, la pequeña empresa del Sr. Velasco no tiene trabajadores ni contador público que lo asesore, y funciona igual o mejor que antes. La solución fue la creación de una cooperativa de producción, de la cual es socio conjuntamente con sus “ex trabajadores” los cuales accedieron “voluntariamente” a conformarla bajo alternativa de obtener mayores ingresos al disminuir su carga fiscal o perder su empleo; esta cooperativa le presta los servicios de suministro de recurso humanos a través de un contrato de “outsourcing”.

El Sr. Velasco ha sido feliz en este esquema durante más de cinco años, y aunque con algunos sobre saltos, ya que su esquema fue catalogado como “práctica indebida por el SAT”, ha recibido los beneficios de su extraordinaria hazaña. Ni el IETU ni el IDE disminuyeron los beneficios de su artilugio legal.

Sin embargo, el SAT requiere incrementar su recaudación y ha iniciado una campaña contra de este esquema que parecía indestructible. El esquema del Sr. Velasco se ha convertido en un problema de dimensiones importantes, ya que para las autoridades fiscales, el Sr. Velasco es un posible delincuente.


Un poco de historia.- Después de varios años de indeferencia sobre el tema, en un comunicado de prensa conjunto, el SAT, IMSS e Infonavit, anunciaron acciones en contra de prácticas evasivas realizadas por diversos sectores empresariales del país.

Las prácticas hasta este momento detectadas consisten en:

transferir la platilla laboral a sociedades cooperativas de producción con el propósito de convertir a los trabajadores en socios y así evitar el pago de cuotas de seguridad social, PTU, impuestos federales y locales. Esta sociedades se dedican a la prestación de servicios y al suministro de recursos humanos a través del contrato de outsourcing, ya sea a empresas hermanas o sin ninguna relación.
disminuir la base gravable de sociedades en nombre colectivo al considerar como deducción los supuestos “alimentos” que pagaron a sus socios, los cuales a su vez los calificaron como ingresos exentos en términos del artículo 109, fracción XII de la LISR

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El esquema de sociedades de cooperativas utilizado tiene su origen en aquellas sociedades diseñadas exclusivamente para administrar la nómina de una empresa y la práctica muy utilizada de transferir a una sociedad prestadora de servicios, los trabajadores para no pagar PTU.

Las acciones anunciadas por las autoridades no sólo tienen matices recaudatorios, quizás lo que menos deberían preocuparnos ya que esta problemática se originó por la propia inactividad de éstas, sino también connotaciones sociales importantes porque estos esquemas provienen de decisiones unilaterales de los patrones que han afectado las prestaciones económicas y sociales de los trabajadores. No obsta para la afirmación anterior, el que el trabajador hubiere aceptado de manera libre y consciente esta situación, ya que bajo la situación dominante del patrón y las condiciones económicas, cualquiera puede aceptar una protección social menor bajo el supuesto de una remuneración mejor.

Outsourcing “víctima o demonio”

La relación laboral es una relación bilateral en esencia ya que requiere de dos partes claramente identificadas: el trabajador y el empleador. Sin embargo, las necesidades del mercado han conducido al incremento de distintas formas de prestación de servicios que difieren en mucho del clásico contrato laboral. En ellas se incorporan a un tercero, creando relaciones de carácter trilateral o triangular:

Las denominaciones designadas a estas nuevas figuras varían acorde al país o circunstancias del negocio u objetivos del contrato: tercerización, outsourcing, descentralización, subcontratación, empresas de suministro de personal, empresas de trabajo temporal, etc.

Algunas de estas figuras se manifiestan como verdaderas empresas autónomas de la empresa destinataria del servicio, pero otras se limitan a suministrar personal.

En nuestro país al no existir una regulación específica para estas figuras que rayan entre el derecho laboral y mercantil, suelen llamarse “outsourcing” aun cuando en esencia no lo son.

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La figura del outsourcing permite a la empresa desconcentrar las actividades, complementarias o accesorias en otro grupo de empresas de menor dimensión o complejidad sometidas a la empresa grande, pero conservando autonomía en el manejo de los trabajadores. Es una estrategia organizacional que permite transferir a un tercero una actividad para hacerla más rápido, mejor o con menor costo.

El riesgo de la contratación de servicios por outsourcing o por cualquiera empresa que ofrezca servicios de suministro de personal es que la empresa contratante asuma las obligaciones laborales del prestador del servicio, tales como pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones.

Esta figura ha formado parte del bosquejo de la planeación que tiene como base las sociedades cooperativas de servicios. Por ello se señaló de manera incorrecta que las acciones que realizarían las autoridades mencionadas comprendían el auditar las empresas que utilizan este tipo de contrato, mas no es así.

Cabe señalar que si bien, las empresas utilizan el servicio de outsourcing, así como aquellas que lo proporcionan no están en la mira de las autoridades, también lo es que esta figura se ve con un futuro limitado y riesgoso, en tanto que sindicatos y trabajadores, como autoridades e incluso tribunales están en contra de este sistema de contratación e incluso existen iniciativas legislativas para regularlo.

Crónica de una auditoría anunciada.- En 2004 inició el fisco federal a publicar algunos textos que denominó “criterios no vinculativos” en estos apareció como prácticas no deseables, la constitución de empresas cooperativas de producción de servicios que través de ellas se prestará el servicio de personal o que fueran constituidas con el fin de disminuir las cargas sociales y de retención impuestos.

La prolonga inacción de las autoridades y la publicación de su criterio no desalentó dichas prácticas, más bien sirvieron de publicidad para adoptarlas.

Ahora, en un cambio de rumbó y con un objetivo meramente recaudatorio, se anuncia por el SAT el inicio de 455 auditorías directas en contra de quienes operen sociedades cooperativas con fines fraudulentos.

Cooperativas en la mira

Al igual que en las empresas de outsourcing, el anuncio del SAT generó incertidumbre en sociedades cooperativas, por no estar claro hasta donde eran los alcances de sus acciones.

Es importante señalar que las sociedades cooperativas no son sujetas de auditorías por el SAT, sino que las acciones de las autoridades van encaminadas aquellas sociedades cooperativas de servicios que se crearon exclusivamente para obtener ciertas ventajas fiscales que rayan en simulación o en el fraude.

No se pone en duda la nobleza de las sociedades cooperativas y por ende la razón de protección que brinda nuestras leyes a dichas sociedades, ya que éstas tienen como objetivo final convertir al trabajador en empresario y mejorar sus condiciones de vida.

Pero como toda sociedad deben nacer de un acuerdo de voluntades que en caso de las sociedades en concreto no existió.

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En qué basa la autoridad sus acciones

Básicamente en dos puntos que tienen consecuencias totalmente diferentes:

-la no deducibilidad de los pagos de previsión social a los socios cooperativistas y la omisión y entero por cantidades percibidas por los socios cooperativistas, y

-la simulación, nunca existió una verdadera cooperativa, ya que los socios realmente son trabajadores al existir subordinación o relación laboral


Previsión social, deshojando la margarita.- El primero de ellos tiene su origen en la interpretación que las partes involucradas realizan de las disposiciones las leyes del Impuesto sobre la Renta y de Sociedades Cooperativas. En efecto, la Ley de Sociedades Cooperativas establece la obligación a las sociedades cooperativas de constituir los siguientes fondos sociales, de:

-reserva
-previsión social, y
-educación cooperativa

El fondo de previsión social en los términos de la ley de cooperativas deberá destinarse a cubrir los riesgos y enfermedades profesionales y formar fondos de pensiones y haberes de retiros de socios, primas de antigüedad y para fines diversos que cubrirán: gastos médicos y de funeral, subsidio de incapacidad, becas educacionales para los socios y sus hijos, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas y otras prestaciones de previsión social de naturaleza análoga.

De la lectura de la definición anterior se observa características similares a la definición que la Ley del Impuesto sobre la Renta establece para la previsión social de los trabajadores.

Esto más otros elementos llevaron a los asesores de estas sociedades a considerar que los ingresos que percibían los socios cooperativistas de dicho fondo deberían considerarse como ingresos exentos en términos del artículo 109, fracción VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta, pero sin las limitaciones que establece el propio precepto en su último párrafo (siete veces el salario mínimo del área geográfica del contribuyente elevado al año), ya que ésta solamente aplicaría en su opinión a los asalariados. Y por otra parte, determinar que los pagos realizados por la sociedad eran deducibles.

Sin embargo, esta interpretación fue diversa a la manifestada por la autoridad en tanto que consideró que la previsión social a que se refiere la Ley del Impuesto sobre la Renta es exclusivamente aplicable a los trabajadores y en sus caso las cantidades provenientes de fondos de previsión social a que se refiere la Ley de Cooperativas son ingresos gravados para socios en el capítulo de otros ingresos de la Ley del Impuesto sobre la Renta y que constituyen una erogación deducible para la sociedad al estar contemplada de manera específica en la LISR.

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Este criterio fue compartido por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en la siguiente tesis:

SOCIEDADES COOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN, LAS CANTIDADES PROVENIENTES DE SU FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL CONSTITUYEN INGRESOS GRAVADOS POR LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LOS SOCIOS COOPERATIVISTAS QUE LAS RECIBEN Y NO CONSTITUYEN UNA PARTIDA DEDUCIBLE PARA DICHA SOCIEDAD.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 53, fracción II y 57 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, dichas personas morales pueden constituir un fondo de previsión social que deberá destinarse a las reservas precisadas en el último de los preceptos referidos, y toda vez que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley del Impuesto sobre la Renta (vigente en 2004), están obligadas al pago del impuesto las personas físicas y morales residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan, y que según lo establecido en el diverso 106 de dicha Ley, son gravables los ingresos obtenidos en efectivo, en bienes, en crédito, en servicios o de cualquier otro tipo, es dable colegir que, en principio, son objeto del impuesto sobre la renta todos los ingresos obtenidos por las personas referidas, por lo cual, las cantidades que un socio cooperativista reciba de la sociedad cooperativa, provenientes del fondo de previsión social, sí se encuentran contempladas dentro del objeto de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se encuentran gravadas en términos del artículo 166 de la Ley de dicho impuesto, al constituir ingresos que no están específicamente previstos en los capítulos anteriores al IX de la Ley en cita, que incrementan en forma cierta el haber patrimonial del socio que las recibe. Por su parte, las sociedades cooperativas que entregan las cantidades en comento a sus socios, no están en posibilidad de deducir tales cantidades del impuesto sobre la renta a su cargo, ya que un elemento esencial para que la deducción lo sea, consiste en que la Ley del Impuesto sobre la Renta la establezca como tal, pues compete al legislador establecer los conceptos que considera deben ser deducibles, por lo que, en el supuesto de que determinada erogación de una persona moral no se encuentre prevista como deducción autorizada, ésta no puede considerarse como tal, lo que se actualiza en la especie, pues el legislador no estableció expresamente en el numeral 29 de la Ley en estudio, como deducción autorizada, la correspondiente a las cantidades entregadas a los socios cooperativistas provenientes del fondo de previsión social. (17)

Juicio No. 5672/04-06-01-1.- Resuelto por la Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y

Administrativa, el 3 de octubre de 2005, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Jorge A. Castañeda

González.- Secretaria: Lic. Daniela Méndez Chávez.

Fuente: Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Quinta Época. Año VI, febrero 2006, págs. 314 y 315. Tesis V-TASR-IX-1953.

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Cabe señalar que a la fecha no existe un criterio definitivo emitido por la Corte respecto a la materia y que por otro lado ésta, ha declarado la inconstitucionalidad del artículo 166 de la Ley de Renta. Bajo las consideraciones expresadas, si la acción de la autoridad es la rechazar las deducciones efectuadas por las sociedades mencionadas; éstas podrían impugnar la resolución o en su caso pagar las diferencias determinadas.

Simulación: Delito grave.- Acorde a lo que ha manifestado la autoridad en la mayoría de los casos sus acciones se encaminarán a probar la existencia de una simulación al no haber una correcta integración y adhesión libre y voluntaria de los llamados socios sino una relación laboral disfrazada con el objeto de liberarse del pago de contribuciones. Cabe señalar que la ley fiscal no impone el deber de elegir la operación más cara fiscalmente y que le contribuyente tiene la posibilidad reducir al máximo la carga tributaria a través de acciones explícitas establecidas en la propia ley, así como buscar aquellas que derivan de la negociación ya en el ámbito del derecho privado, sin embargo este tipo de negociaciones deben ser lícitas.

Si en el caso concreto no existió la voluntad, elemento básico del acuerdo de las partes para constituir la sociedad, ni ésta persigue los fines que ley le señala, evidentemente se estaría en presencia de un acto simulado, conforme al Código Civil es decir cuando las partes declaran o confiesan falsamente lo que en la realidad no ha pasado o se ha convenido entre ellas.

La Ley de Sociedades Cooperativas señala en su artículo 10 que aquellas sociedades cooperativas que simulen constituirse como tales o usen indebidamente las denominaciones alusivas a las mismas, serán nulas de pleno derecho.

De existir la simulación, la acción se encaminaría al ejercicio de la acción penal al configurarse la conducta que señalan los artículos 109, fracción IV y 310, fracción IV del Código Fiscal de la Federación y la Ley del Seguro Social respectivamente; conductas que son sancionadas con una pena de tres meses a nueve años de prisión dependiendo del monto de lo defraudado.

Esta acción podría ejercerse también en contra del asesor al poder incurrir en responsabilidad en términos del artículo 95 del Código Tributario.

De qué depende el éxito o fracaso de las acciones

De los elementos de probanza que cada parte aporte en la controversia. Lo que resulta evidente que la parte más desprotegida en este asunto es el trabajador, ya que sea cual fuere los resultados de las acciones de las autoridades está y estará desprotegido.

Conclusión

“la mejor manera de analizar a una sociedad es viendo quiénes pagan sus impuestos, sobre qué se paga impuestos, y como se determinan, recolectan y gastan los mismos” (cita publicada en la obra México Fiscal de Alonso Pérez Becerril). Después de leer esta crónica estimado lector, podrá obtener una fotografía de nuestra sociedad.

CUALQUIER SEMEJANZA ES SIMPLE COINCIDENCIA/ JHM

Se construirá una nueva Marina en el municipio de Veracruz

Fuente: Vracruzanos

Veracruz, Ver.- Sergio Iglesias Rodríguez, director del Sistema Portuario Veracruzano; anunció que en breve iniciarán la construcción de una nueva Marina; ésta se ubicará entre el Acuario de Veracruz y la Escuela Naútica Mercante Fernando Siliceo.

Con una inversión de 250 millones de pesos, está importante obra en el municipio se prevé queda finalizada a más tardar un año y medio, y las primeras acciones que se desarrollarán a partir de su apertura serán trasladar corales para su propio protección y la construcción de una escollera para salvaguardar las embarcaciones.

“El inmueble tendrá 180 posiciones de atraque, contará con su propia estación de combustible, con todos los servicios” enfatizó el director.

Anunció que en el municipio de Coatzacoalcos se construirá Bi Acuario, es una mezcla de Museo de Biosfera de Los Tuxtlas con especies acuáticas del Golfo de México.

API se cambió a Plaza Marina

Fuente: Ensenada net
Por Elizabeth Vargas

Este viernes la Administración Portuaria Integral empezó a despachar en las nuevas instalaciones en Plaza Marina, en tanto se realiza la construcción de su nuevo edificio.

De acuerdo a información del Director de la Administración Portuaria Integral Carlos Jáuregui González quien precisó que el edificio de la API será remodelado para convertirse en las nuevas oficinas de la Aduana Marítima de Ensenada.

El edificio de la API se construirá en terrenos propiedad de la propia Administración Portuaria, a espaldas de la Capitanía de Puerto en donde eran las casas de la Capitanía y la API, frente al Astillero Gran Península.

El proyecto del edificio se encuentra aún en la fase de proyecto ejecutivo por parte de un despacho de Tijuana.

Este proyecto ejecutivo será entregado en abril y en mayo se hará la convocatoria para la construcción del edificio en el lugar que ahora está el estacionamiento interno de la Capitanía de Puerto.

Se pretende que dicho edificio sea de dos plantas y 1 mil 800 metros cuadrados para lo cual habrá una inversión estimada en mas de 30 millones de pesos.

Las instalaciones serán para la API y para Capitanía de Puerto, con estacionamiento propio.

Manda la SCT inspectores a todos los puertos

El inspector de la SCT, Fausto Arellano dijo que un cuerpo de inspectores marítimos que se encargarán de la revisión de buques y plataformas para garantizar la seguridad de los marinos esto para que se disminuyan los accidentes de trabajo en los puertos del país

Fuente: notiver
Por Ignacio Contreras Santiago
Reportero de NOTIVER

El inspector de la SCT, Fausto Arellano dijo que un cuerpo de inspectores marítimos que se encargarán de la revisión de buques y plataformas para garantizar la seguridad de los marinos esto para que se disminuyan los accidentes de trabajo en los puertos del país.

Dijo en entrevista que comentó que otro de los problemas son las exportaciones de hidrocarburo, dijo, donde 100 millones de toneladas ni una sólo se realizan en buques con bandera nacional, por lo que con esto cada vez es más difícil que se tenga un repunte en este sector.

Esto dijo en relación el problema que se tiene en el sector de la marina mercante que se ha tratado de rescatar desde hace algunos años al sector.

“Lo que quieren es una minuta a la leyes de navegación y es un detonante para las naves extranjeras que es una industria que está en manos del interés internacional y se pierde la soberanía” dijo.

Debido al pago anual de más de 14 mil millones de pesos del gobierno federal para la contratación de buques extranjeros de carga la marina mercante está atravesando la peor crisis de su historia, reconoció a NOTIVER

Y es que está situación quita el trabajo a muchos marinos mexicanos pues se llevan los buques extranjeros las divisas.

Comentó que la iniciativa que se tiene en la cámara de diputados no solucionará el problema de la marina mercante ya que no tienen bondades para que se pueda reactivar este sector que permanece olvidado por muchos años.

Busca Apilac incentivar la llegada de nuevas cargas al puerto de Lázaro Cárdenas

Fuente: Cambio de Michoacán

El escenario que se tiene para este año en inversión para el puerto de Lázaro Cárdenas por parte de la Administración Portuaria Integral será similar a la de 2008.

Rubén Medina González señaló que no habrá una disminución en la inversión, la cual se estima será cercana a los 450 millones de pesos, sobre todo en lo que se refiere en obra de infraestructura.

El director general de la Administración Portuario Integral en Lázaro Cárdenas (Apilac), dijo que el escenario que proyecta no se prevé haya una disminución en los volúmenes de carga.

Aseguró que si esto así sucede, el ritmo de inversión del puerto seguirá constante, sobre todo con las obras y la generación de empleo.

“Estamos pidiendo a los concesionarios de las empresas existentes en el recinto portuario que den la actualización de despidos y la disminución de las plantillas laborales, para calcular el impacto que se está teniendo actualmente por la inestabilidad económica”.

Aseguró que esto es un indicador muy importante, pero aun así aseveró que las inversiones siguen firmes para la Apilac, donde –dijo- “estamos a estas fechas del año adjudicando siete de 20 proyectos de obra que están programadas”.

“Tenemos comprometidos 45 millones de pesos de forma inicial, de un total de 450 millones de pesos en inversión previsto para este 2009, que es similar al año pasado, en la medida en que nuestros ingresos se sostengan los proyectos también se mantienen”.

Dijo que se está dando prioridad a proyectos de obras estratégicas como el dragado, la continuación de las vías ferroviarias, vialidades y protección playera, “esas obras no podemos detenerlas, lo que estamos dejando para una segunda y tercera fase, son obras como ampliación de oficinas, adecuación en iluminación en áreas que no son prioritarias”.

La Apilac tiene la expectativa –aseguró- con los números que ha señalado entre el mes enero y el mes de febrero que no será un año malo para el puerto de Lázaro Cárdenas, “lo que si puede haber –reconoció- es un bachecito en los próximos meses, pero los ciclos de los tipos de carga que aquí manejamos”.

Adelantó que en el sistema portuario y en especifico el puerto de Lázaro Cárdenas, “no hará ningún ajuste de precios, tenemos una estratega comercial de hacer algunas promociones en tarifas, para efecto de no sólo conservar lo que se tiene, sino incentivar la llegada de nuevas cargas, hay una situación estratégica, estamos haciendo una escalatoria como promoción”, concluyó el directivo.

España estandariza la seguridad en pesqueros según la OMI

Fuente: El Pueblo de Ceuta
CEUTA
Fernando M. Caracena
ceuta@elpueblodeceuta.es

España se adhirió ayer al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para el personal de buques pesqueros (STCW-F95) de la Organización Marítima Internacional (OMI). Este convenio es el primer intento de establecer a nivel internacional unos estándares de seguridad obligatorios dentro de las tripulaciones de los buques pesqueros. El Convenio establece en su artículo 12 que al menos deberá ser suscrito por 15 estados. Al convenio ya han accedido 12 estados contratantes. La implantación de las prescripciones del acuerdo, una vez ha sido firmado, tiene carácter obligatorio para los estados firmantes.

CCOO

Comisiones Obreras explicó ayer que se está estudiando cuáles son las condiciones del convenio y cómo podría afectar a la flota local aunque, según fuentes del sindicato, “en principio estas normativas afectan a buques de gran calado que fondean en alta mar y poseen tripulaciones amplias que pasan entre tres o cuatro meses faenando”.

La OMI es el organismo más importante para el ámbito marítimo. Pertenece a las Naciones Unidas y maneja asuntos de seguridad y contaminación marítima. España ha formado parte de la OMI desde 1962 y se encuentra por elección mayoritaria en el Consejo de la organización.

La Ley de las Navieras

Fuente: Ceuta al Día
Escrito por José Aureliano Martín Segura

La ruta marítima del Estrecho de Gibraltar pasa por ser una de las más rentables del país, a juicio de muchos expertos, y de las más caras del mundo. La razón es obvia, pues los que vivimos al otro lado, como por ejemplo en Ceuta, somos clientes 'cautivos'. No tenemos otra opción. Lo mismo se puede decir de muchos ciudadanos de Marruecos. Quizás sea por esta razón por la que las navieras ejercen todo su poder de empresa con mano férrea y despliegan toda su capacidad de abuso con los indefensos usuarios de forma inmisericorde. De nada valen las advertencias de las Autoridades, aunque son pocas, ni las sanciones, que son menos. Ellos son los que deciden precios, condiciones, salidas, paradas técnicas. Dependemos de ellos. Ya hay constancia de estos abusos en las hemerotecas, desde hace casi un siglo.

Pero lo que ocurrió el pasado 23 de febrero, la misma fecha en la que se conmemoraba el 28 aniversario del fracaso de intento de golpe de estado en España y, por tanto, el avance en valores democráticos en nuestro país, fue descorazonador. Una de las navieras que opera en el Estrecho volvía a hacer de las suyas, aunque esta vez con más saña. Dejaba en tierra a seis personas mayores y a una niña de dos años. Era el último barco. Todas tenían su tarjeta de embarque, menos la madre de la niña. En el control de embarque había un empleado que miraba con detalle todos los documentos que le presentaban. Me recordaba a un compañero de trabajo que yo tuve a principios de los años 80. Unas gafas en la punta de la nariz. Un aliento pestilente. Caspa por encima de la chaqueta. Las marcas de la visera y de los manguitos que llevó durante años, aún se le notaban. Era un fascista adicto al antiguo régimen. Él mismo lo recordaba continuamente. Su función era reconocer la protección familiar a los trabajadores con esposa e hijos. Cuando no faltaba un documento, otro había caducado. Todo eran pegas. Y muchas colas. Enormes colas de pobres familias que sólo querían tener en regla su documento para que la empresa les diera los 'puntos' por sus niños. Pero él disfrutaba poniendo trabas. Decía que los obreros no sabían más que tener hijos y vivir del Estado. Y hasta que no le sustituíamos los demás empleados, no se aliviaban las colas.

En esta ocasión, fue algo parecido. La señora tenía el carnet caducado desde hacía 15 días. Al embarcar en Ceuta nadie le puso pegas. Pero en Algeciras, como casi siempre ocurre, estaba el empleado 'ejemplar' dispuesto a amargarle la noche a una familia. De nada sirvieron los ruegos, ni las advertencias de los agentes de la autoridad, que le indicaban que la señora tenía su documentación en regla, ni las promesas de que al día siguiente se les llevaría el certificado de residencia del Ayuntamiento. Nada le hizo variar su postura. Las normas de la compañía eran las que allí valían.


La bonificación de los viajes marítimos y aéreos para los residentes en las Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, y en las islas Baleares y Canarias, se contemplan en el R.D. 1316/2001, modificado recientemente por el también R.D. 1340/2007. Lo que en estos decretos se dice, que es lo que el Ministerio de Fomento exige a las compañías para poder devolverles el importe de las bonificaciones, es que se ha de comprobar la acreditación de residentes en el momento de emisión del pasaje, mediante el certificado de residencia, o el DNI en vigor. Y posteriormente, en el momento de obtener la tarjeta de embarque, se debe comprobar la identidad del pasajero. Parece algo desproporcionado negar la tarjeta a una persona que dispone de todo tipo de documentación, pero que su DNI está caducado desde hace sólo 15 días. Sobre todo tratándose del último barco y llevando con ella a una niña pequeña de dos años.

Pero no. Ellos tienen que demostrar su autoridad. Y si el Ministerio de Fomento les dice que deben de controlar la identidad para evitar fraudes en las agencias de viajes, ellos lo entienden como pedir la documentación absolutamente a todos los pasajeros, no a una muestra representativa. Aunque se la hayan pedido medio minuto antes. Aunque vayamos cargados de maletas hasta arriba. Aunque el barco esté a punto de salir. La cuestión es crear una sensación de pánico, de que estamos controlados, de que dependemos de ellos. De que ellos son los que mandan. Así se consigue que las personas sean sumisas, que no protestemos. Está estudiado por la psicología. Es el terror de las Dictaduras. El poder del Leviatán en estado puro. Esta es la triste realidad desde hace muchos años.

Pero ha habido algo que se les ha salido del guión. No se esperaban la reacción de un grupo de ciudadanos, cansados de tanto abuso, que arropando a la mujer y a su hija entraron en la pasarela de embarque dispuestos a que ella les acompañara. Sólo la ilegal acción de un loco irresponsable dando la orden de desenganchar la pasarela del barco con gente dentro, poniendo en riesgo la vida de una menor de dos años y de un numeroso grupo de personas, incluidos los agentes de la autoridad que intentaban impedir la entrada en el barco de la mujer, y que no pudieron concluir su trabajo, ha podido frenar la fuerza de la solidaridad. Pero esto ha sido sólo momentáneo. Y no sólo por lo que digan los Tribunales cuando toque, sino porque acciones de este tipo creo que se repetirán en el futuro. Eso espero. Lo importante, por el bien de Ceuta y sus gentes, es que la batalla no haya hecho más que comenzar.

PORTUARIOS EN ALERTA ANTE EL COMIENZO DE DISCUSIONES CON EMPRESARIOS POR CONVENIO COLECTIVO


Luego de dos años de negociaciones, el Sindicato Unidos Portuarios Argentinos (SUPA), comenzó ayer la etapa de negociaciones con la cámara empresarial por la formulación del nuevo Convenio Colectivo de Trabajo que regulará la actividad de los trabajadores portuarios.

Al término de la primera audiencia de ayer, en Callao al 100, Corvalán indicó que “este primer encuentro es apenas el comienzo de un arduo camino que tendremos que recorrer para consensuar con los empresarios. Esta oportunidad es histórica porque hace dos años que presentamos el anteproyecto que ahora empezamos a debatir”.

Asimismo, el sindicalista dijo que “el Ministerio se hizo eco de la legitimidad de los trabajadores portuarios y de nuestra lucha. Ahora el SUPA está habilitado para discutir, le guste o no a la Cámara empresarial”. Respecto de las próximas audiencias, Corvalán anticipó que “estamos esperando la nueva convocatoria del Ministerio, que será dentro de diez días aproximadamente. Mientras tanto, estamos alertas ante la conducta de los empresarios, que se tendrán que mostrar más dispuestos en los próximos encuentros”.

Al mismo tiempo, el titular del gremio explicó que “esta conquista beneficia a 1000 trabajadores del puerto de capital federal y podría hacerse extensiva a los más de 5000 estibadores que se desempeñan actualmente en las plazoletas fiscales y que por un error del Ministerio de Trabajo están mal encuadrados en Marina Mercante. Por eso, la reformulación del convenio les restituiría los derechos que les corresponden”.

El CCT Nº 61/89 fue suspendido por decreto presidencial 817/92 en 1992. En este sentido, Corvalán sostuvo que “eso generó una desregulación salvaje en el puerto y produjo un genocidio en materia laboral, destruyendo a miles de familias de estibadores. Con estas negociaciones apuntamos a recuperar nuestro lugar de actuación: alcance, competencia y actividad de los estibadores en el ámbito y jurisdicción portuaria, dentro de la zona primaria aduanera, como así también a bordo, tierra y cubierta de los buques que operan en el puerto de Buenos Aires y Dock Sud, sus “zonas” operativas como destino de mercaderías y sus elementos mecánicos de transporte y movilidad”.

Las paritarias fueron establecidas en función de la conformación de la Comisión Negociadora Nº 162/07 en el ámbito de la cartera laboral, que establece el espacio de negociación entre el SUPA y la Cámara de Concesionarios de Contendedores de las Terminales Portuarias.

Cabe recordar que Corvalán también preside la Federación de Estibadores Portuarios Argentinos -FEPA- que nuclea a 80.000 trabajadores distribuidos en 62 puertos nacionales y provinciales, y que hizo público su apoyo a esta iniciativa del SUPA.

Fuente: AGRODIARIO

Cruceros usan el mar Caribe como vertedero

Fuente: El Nuevo Herald
Por MIKE MELIA
The Associated Press

SAN JUAN -- A kilómetros de las costas, bien adentro en el Mar Caribe, los cruceros están arrojando polvo de vidrio, andrajos y empaques de cartón, algo que está prohibido en sitios como los mares Báltico y del Norte.

Muchos países respetan una disposición de las Naciones Unidas por la cual los desperdicios sólidos de un barco deben ser eliminados en tierra firme. La única excepción son los restos de alimentos. Las islas del Caribe, no obstante, no aceptan esa norma porque dicen que no están en condiciones de procesar esos desperdicios en tierra. Además, temen que, si aceptan esa disposición, los barcos atraquen en otros puertos menos regulados.

"No tenemos lugar para recibir nada de nadie", expresó Travis Johnson, subjefe de práctico de puerto de Saba, una isla de 1.500 personas que está construyendo un nuevo muelle para recibir barcos grandes.

La Organización Marítima Internacional de la ONU prohibió en 1993 verter basura en el Caribe, un mar mayormente cerrado en el que numerosas islas impiden que las corrientes se lleven la basura al océano Atlántico. Pero la norma no entrará en vigor hasta que suficientes islas de la región informen que están en condiciones de tratar los desperdicios de los barcos. El grueso de las islas no lo ha hecho.

La ONU dispuso la medida para proteger áreas vulnerables al tráfico de barcos o con una ecología delicada. La medida ya rige en el Antártico, el Mar Báltico, el Mar del Norte y el Golfo Pérsico, y entrará en vigor en el Mar Mediterráneo en mayo.

Los ambientalistas dicen que los desperdicios arrojados al mar pueden atrapar a criaturas marinas, perjudicar la calidad del agua y alterar los ecosistemas, pues crean habitats para organismos oportunistas.

Ignorar la proscripción, por otra parte, puede traer aparejadas consecuencias para el turismo, pues los desperdicios pueden terminar en las playas. En las Islas Caimán, el gobierno determinó que botellas de leche que aparecieron en la playa provenían de un barco.

"Si uno tira las cosas al mar, tarde o temprano esos desperdicios van a regresar a tierra", declaró Jeff Ramos, oficial de la Guardia Costera estadounidense basado en Curazao.

En el Mediterráneo, las autoridades dicen que las naciones costeras son muy sensibles al tema de los desperdicios y no han resistido la medida que prohibe usar el mar como vertedero.

"El tema de la basura de los barcos está muy bien documentado, al menos en nuestra región", declaró Lilia Khodjet El Khil, de la división del Mediterráneo del Centro de Respuestas de Emergencia a la Contaminación Regional Marina, con sede en Malta.

Según las actuales regulaciones para el Caribe, los barcos pueden comenzar a deshacerse de la basura, incluidos metales, vidrios y papel, a cinco kilómetros (tres millas) de la costa, siempre y cuando sea picada y las partículas no sean de más de 2,5 centímetros (una pulgada). Casi todo lo demás, con excepción del plástico, puede ser arrojado a 40 kilómetros (25 millas).

Pero si se aprueba la prohibición de la ONU, no se podrá arrojar nada al mar, no importa que tan lejos se esté de la costa, con excepción de comida, que podrá ser tirada a cinco kilómetros.

Las islas caribeñas no logran fijar una política común debido a las rivalidades derivadas de su competencia por el turismo. La llegada de los cruceros son un acontecimiento económico relevante, pues los pasajeros dejan unos 1.500 millones de dólares anuales en los puertos. Los gobiernos no quieren espantar a los barcos fijando restricciones.

En un ejemplo notorio, la empresa Carnival dejó de hacer escalas en Granada en 1999 a raíz de un impuesto de 1,50 dólares por cabeza para pagar por un vertedero.

"Los países no se olvidan de eso", expresó Christopher Corbin, funcionario del Programa Ambiental de las Naciones Unidas basado en Jamaica.

La mayor parte de los barcos afiliados a la Asociación Internacional de Cruceros (Cruise Lines International Association) han dejado de arrojar desperdicios sólidos al Mar Caribe, según una declaración del organismo. Indicó que algunas empresas tienen a bordo incineradores, trituradores y programas de reciclaje, y generan mucho menos desperdicios no reciclables que los hoteles en tierra.

La cantidad de basura que llega a la costa ha disminuido marcadamente en los últimos 15 años, de acuerdo con Allen Chastanet, ex presidente de la Organización Caribeña de Turismo.

Y "hay una resistencia a recibir basura de otros, lo que llaman la 'basura de los países en desarrollo'", expresó Corbini. "Hay un estigma asociado con esa basura".

Hutchinson confirma su salida de Puerto de Manta

Fuente: Mundo Marítimo

A las 17 horas del sábado 28 de febrero el ingreso al puerto de Manta fue cerrado. Representantes APM recibieron las instalaciones por parte de la empresa TIDE, parte de la compañía china Hutchinson, que dio por terminado de esta forma el contrato de concesión.

Ante ello, los directivos de Autoridad Portuaria de Manta, presidido por Lucía Fernández, rechazó esta resolución y ordenó la intervención del puerto para garantizar la vigencia de la concesión y la operatividad plena de los servicios de la Terminal Marítima.

Galo Muentes será el administrador del puerto, mientras éste siga en manos de autoridad portuaria, informó Ecuavisa.

Además, el día de ayer 140 empleadores que trabajaron para TIDE fueron liquidados, mientras 24 seguirán en la nueva administración.

En tanto, el Gobierno Nacional, a través del Presidente Correa, amenazó con ejecutar la garantía o cobro de una cuantía de compensación por incumplimiento de la concesión si la empresa china Hutchinson abandona la construcción del puerto internacional de carga en la ciudad costera de Manta.

Fuente: El Mercurio de Manta, Ecuador Inmediato, Ecuavisa