jueves, 14 de mayo de 2009

El doble registro no está prohibido

El doble registro no está prohibido en nuestro régimen legal, cuando las embarcaciones sean introducidas bajo el régimen de leasing, alega la naviera UABL ante la protesta boliviana por el uso de doble bandera de las embarcaciones de su flota.

Fuente: ABC

Esta empresa, al igual que la Oeanpar, fue denunciada ante la Fiscalía Anticorrupción por la cartera de Obras Públicas.

UABL agrega que el pedido de informe recibido de la autoridad boliviana (Registro Internacional Boliviano de Buques) a la Marina Mercante Nacional no ha sido tramitado por los conductos diplomáticos, “por lo que correspondía la devolución del pedido sin más trámite”.

“La autoridad boliviana invoca la existencia de un ‘reglamento sobre la adopción de requisitos exigibles, comunes para la matriculación de las embarcaciones, inscripción de contratos de utilización e intercambio de información sobre la modificación de embarcaciones, altas, bajas y modificaciones’, pero este nunca fue incorporado a nuestra legislación interna”, aduce la multinacional.

Añade que eso se puede constatar verificando la página web de la Aladi, que es el organismo internacional depositario del Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná (Puerto Cáceres-Nueva Palmira). “Por tanto, no puede existir ningún incumplimiento legal, ya que la normativa invocada no tiene existencia jurídica en la República del Paraguay”, subraya un comunicado de la compañía de su representación en nuestro país.

“La incorporación de las barcazas a nuestro país se ha dispuesto por Decreto del Poder Ejecutivo, en el que consta de manera expresa los fundamentos legales para la autorización de registro provisorio”, añade.

“Resulta inaudito que se pretenda sostener la violación de un decreto por medio de otro decreto emergente del mismo Poder Ejecutivo. Por los principios jurídicos el decreto posterior modifica el decreto anterior”, manifiesta UABL.

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