El Congreso de los EE.UU. sancionó una ley que prevé la inspección del 100% de los contenedores con mercancías que tengan como destino a dicho país. La medida y su aplicación afectarían negativamente al comercio global.
Fuente: ABC Digital
La nueva ley exige que el 100% de los contenedores que sean embarcados en puertos extranjeros deban ser inspeccionados por equipos no intrusivos, o equipo de detección por rayos X en el puerto extranjero antes de ser cargado al buque.
Esta ley sería aplicable a partir del 1 de julio de 2012, y aproximadamente 500.000 millones de dólares del comercio norteamericano anual serían afectados, al igual que al comercio con 600 puertos en el mundo.
La ley ha tenido la oposición de gobiernos y organizaciones privadas de diferentes países, entre otros, expertos de seguridad gubernamental, la Cámara de Comercio de los EE.UU., transportadores de carga marítima, la Comisión de las Comunidades Europeas, el Comité Consultivo del Sector privado de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), además de los Gobiernos de Bélgica, Canadá, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Italia, Japón, los Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Singapur, España, Suecia y el Reino Unido.
Según un análisis realizado por el Consejo Mundial Marítimo (WSC, por sus siglas en inglés), la oposición no fue solamente por el costo o por una falta de compromiso en la seguridad, sino porque la ley es irrealizable, y el Congreso de EE.UU. falló en responder a las preguntas críticas acerca de este sistema y su aplicación.
El citado consejo informa que cada uno de los siguientes puntos fue puesto en conocimiento del Congreso por varios partidos en repetidas ocasiones, sin lograr ningún efecto, por ejemplo:
1) Programas Pilotos ignorados, conforme con el Decreto SAFE Port Act (Puerto Seguro), aprobado por el Congreso apenas el año pasado, el Departamento de Seguridad Fronteriza (DHS) ha establecido programas pilotos bajo “Iniciativa de Contenedor Seguro” en varios puertos alrededor del mundo para probar el concepto de la inspección de contenedores de carga en las embarcaciones destinadas a los EE.UU. Esos programas todavía están en curso, y sus resultados aún no han sido examinados o considerados.
2) Falta definir quién debe realizar la inspección del contenedor: La ley no exige a la aduana de los EE.UU. realizar esto, pues es claramente imposible que el Congreso exija que esta asuma tales actividades en la jurisdicción de otras naciones soberanas. La legislación dice simplemente que los contenedores serán inspeccionados. ¿Por quién? ¿Por los gobiernos? ¿Por los operadores portuarios extranjeros?
3) Falla en definir quién debe comprar, operar y mantener la tecnología: Relacionado con la interrogante anterior, la ley falla en definir quién se espera que asuma los sustanciales compromisos económicos y las responsabilidades operacionales para implementar tal sistema.
4) Falla también en considerar aspectos de salud y seguridad: La legislación falla en reconocer la necesidad de tratar aspectos de salud y seguridad relacionados con el uso de ese equipo
5) Falla en buscar u obtener la cooperación necesaria de otros gobiernos: Ninguna extensión de inspección de contenedores en el extranjero sucederá sin la cooperación y el consentimiento de gobiernos extranjeros.
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