sábado, 21 de julio de 2007

Proyecto de Norma "Administración de la seguridad operacional y prevención de la contaminación por embarcaciones y artefactos navales

El conocer los comentarios enviados a la Dirección de Marina Mercante para la NOM-036-SCT4-2007, que como se pueden ver solo estan los enviados por Pemex Exploración y Producción nos hace pensar lo siguiente, solo a ellos les intereso ó como siempre no fue muy difundida esta para evitar conflictos de intereses. También nos podriamos preguntar cuantos Colegios de Marinos legalmente constituidos y activos del interior de la Republica participan en el "Comite Consultivo Nacional de Normalización del Transporte Marítimo y Puertos" de la DGMM, y no solo participe el "Colegio de Marinos de México". (Colegio a modo de navieras y CGPMM).

Se proporcionan la pagina del Diario Oficial de la Federación donde se publica el Proyecto de Norma NOM-036-SCT04-2007,
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4967169

tambien se proporciona la dirección del DOF dode se publican los comentarios emitidos a este Proyecto de norma,
Tendran proximamente una reunión para la aprobación de dicho proyecto.
De: Jose Zurita Ramirez jzuritar@sct.gob.mx

*"FAVOR DE ENVIAR ACUSE DE RECIBO POR ESTE MEDIO Y CONFIRMACIÓN DE ASISTENCIA"*

*Estimados Integrantes del Comité Consultivo Nacional de Normalización del transporte Marítimo y Puertos (CCNNTMP):*

Anexo al presente la invitación para la reunión de los integrantes del comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos (CCNNTMP), en la que se llevará a cabo la aprobación de la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SCT4-2007, Administración de la seguridad operacional y prevención de la contaminación por embarcaciones y artefactos navales.
Me permito enviarles en archivo adjunto la orden del día y la respuesta a los comentarios recibidos que fueron publicados en el DOF el día 10 de julio de 2007.

En caso de no poder asistir a la reunión, se tendrá por aceptado de acuerdo a lo estipulado en las Reglas de Operación de este Comité.

Gratos saludos, gracias.

Lic. Mario Eduardo Leyva Arredondo.
Jefe del Departamento de Normalización.
Dirección General de Marina Mercante.

TEL: 5723-9300 EXT. 14267 Y 54267
Nuevo León 210 7 piso Col. Hipódromo
México D.F.
E-mail: mleyvaa@sct.gob.mx
E-mail:
jzuritar@sct.gob.mx
Se muestran los comentarios emitidos, que se publican en el DOF
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION 10 DE JULIO DE 2007

RESPUESTAS a los comentarios recibidos durante el plazo de consulta pública, respecto al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-036-SCT4-2007, Administración de la seguridad operacional y prevención de la contaminación por embarcaciones y artefactos navales, publicado el 3 de abril de 2007.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CESAR PATRICIO REYES ROEL, Coordinador General de Puertos y Marina Mercante y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, con fundamento en los artículos 1, 38, fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 penúltimo párrafo de su Reglamento, he tenido a bien ordenar la publicación de las respuestas a los comentarios efectuados al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-036-SCT4-2007, Administración de la Seguridad Operacional y prevención de la contaminación por las embarcaciones y artefactos navales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril de 2007.

Una vez que los comentarios fueron analizados y discutidos en sesión del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, de fecha 13 de junio de 2007, se resolvieron todos los comentarios recibidos, y a través de este documento se emite la respuesta para los mismos, tal como lo marca la Ley de la materia.

Ciudad de México, D.F., a 19 de junio de 2007.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, César Patricio Reyes Roel.- Rúbrica.

RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS DURANTE EL PLAZO DE CONSULTA PUBLICA, RESPECTO AL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-036-SCT4-2007, ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL Y PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR EMBARCACIONES Y ARTEFACTOS NAVALES, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE ABRIL DE 2007

PROMOVENTE

Héctor E. Ochoa López.
PEMEX Exploración y Producción.

NUMERAL

1 Comentario recibido el día 30 de mayo 2007

COMENTARIO

COMENTARIO AL NUMERAL 3 REFERENCIAS.
Se mencionan las 3 Normas Oficiales Mexicanas que se toman de referencia.

RESPUESTA

Improcedente.- La NMX-Z-13-1977, establece la estructuración de una Norma Oficial Mexicana, por lo que la propuesta no puede ser tomada en el numeral de referencias, tal y como se solicita, asimismo se indica que la propuesta sugerida por el Ing. Ochoa López ya estaba contemplada en el numeral 18 denominado Bibliografía.

RESOLUCION

No hay modificación al numeral 3 del texto de modificación a la NOM.

PROMOVENTE

Héctor E. Ochoa López.
PEMEX Exploración y Producción.

NUMERAL

2 Comentario recibido el día 30 de mayo 2007

COMENTARIO

COMENTARIO AL NUMERAL 4 DEFINICIONES.
Orden Operacional.

RESPUESTA

Improcedente.- La definición se contempla en el numeral número 5 del texto de la NOM

RESOLUCION

No hay modificación al numeral 4 del texto de modificación a la NOM.

PROMOVENTE

Héctor E. Ochoa López.
PEMEX Exploración y Producción.

NUMERAL

3
Comentario recibido el día 30 de mayo 2007

COMENTARIO

COMENTARIO AL NUMERAL 4 DEFINICIONES.


Administración del Cambio:


Es la aplicación sistemática de políticas, prácticas y procesamientos de la organización en las tareas de identificación, evaluación, autorización e instalación de cualquier tipo de cambio efectuado en las operaciones, procesos o equipos y que puedan alterar, modificar o afectar la seguridad de los mismos.

Administración de riesgos de proceso:

Es la aplicación de los principios de la organización a los procesos químicos de manera que los riesgos sean identificados, para eliminarlos, reducirlos o controlarlos.

Análisis de Riesgo de Proceso:

Trabajo organizado aplicando un método específico para identificar, evaluar y controlar los riesgos significativos asociados con el proceso.

Equipo crítico:

Maquinaria, equipos e instalaciones en los que la falla en los dispositivos de seguridad, integridad mecánica o maniobras, durante la operación de los mismos puede ocasionar un accidente mayor.

Integridad Mecánica:

Conjunto de actividades interrelacionadas enfocadas para asegurar la confiabilidad de los equipos críticos para que sea mantenida durante toda la vida de la instalación, construcción, operación, mantenimiento y desmantelamiento, para garantizar que el equipo cumpla las condiciones de funcionamiento requeridas con el propósito de proteger a los trabajadores e instalaciones del centro de trabajo.

Riesgo:
Combinación de la probabilidad de que ocurra un accidente mayor y sus consecuencias.

Trabajo Peligroso:

Actividad en la que por razones de mantenimiento, revisión o reparación se interviene un equipo crítico.

RESPUESTA

Improcedente.- Los conceptos sugeridos no son aplicables en el ámbito Marítimo, toda vez que están relacionados con procesos de calidad.

RESOLUCIÓN

No hay modificación al numeral 4 del texto de modificación a la NOM.

PROMOVENTE

Héctor E. Ochoa López.
PEMEX Exploración y Producción.

NUMERAL

4 Comentario recibido el día 30 de mayo 2007

COMENTARIO

COMENTARIO AL NUMERAL 4.10

Accidente:

Evento no deseado que da lugar a pérdidas de la vida o lesiones, daños a la propiedad (instalación, embarcación o artefacto naval) o al medio ambiente de trabajo.

Incidente.

Evento que puede dar como resultado un accidente o tiene potencial para ocasionar un accidente.

RESPUESTA

Improcedente.- El concepto definido en forma general abarca la sugerencia.

RESOLUCIÓN

No hay modificación al numeral 4.10 del texto de modificación a la NOM.

PROMOVENTE

Héctor E. Ochoa López.
PEMEX Exploración y Producción.

NUMERAL

5 Comentario recibido el día 30 de mayo 2007

COMENTARIO

COMENTARIOS AL NUMERAL 4.16 DEFINICION DEL SAS.


Herramienta administrativa compuesta por un conjunto de elementos heterogéneos, interrelacionados e interdependiente enfocados al diagnóstico, evaluación, implantación y mejora continua de los aspectos de seguridad, salud y protección al medio ambiente aplicado por la empresa naviera o el armador tanto en sus oficinas como a bordo de sus embarcaciones, y/o artefactos navales, cuya finalidad es la de garantizar la seguridad operacional de las mismas y de las personas a bordo, así como prevenir la contaminación del medio ambiente marino.

El SAS debe contar con estructura organizacional, actividades de planeación, prácticas, responsabilidades, procedimientos, procesos y recursos para el desarrollo, implementación, logros, revisión y mantenimiento de dicho sistema.

RESPUESTA

Improcedente.- La definición que obra en el numeral 4.16, es la establecida en el Código Internacional de Administración de la Seguridad Operacional de Buque y prevención de la contaminación.

RESOLUCIÓN

No hay modificación al numeral 4.16 del texto de modificación a la NOM.

PROMOVENTE

Héctor E. Ochoa López.
PEMEX Exploración y Producción.

NUMERAL

6
Comentario recibido el día 30 de mayo 2007

COMENTARIO

COMENTARIO AL NUMERAL 5.1

5.11. Debe establecer y mantener un Sistema de SAS, mediante la aplicación de los siguientes elementos:

Política, metas y objetivos de SAS (Referencia punto 6 NOM-036)

I) La política debe de:

a) Ser apropiada a la naturaleza y el nivel de riesgos de SAS en la organización;

b) Incluir el compromiso para la mejora continua;

c) Incluir un compromiso para cumplir al menos con la legislación aplicable en materia de SAS y otros requisitos que adopte la organización;

d) Estar documentada, implementada y mantenida;

e) Ser comunicada a todo el personal;

f) Estar disponible a las partes interesadas y

g) Ser revisada periódicamente para asegurar que permanece vigente y apropiada para la organización.

II) Meta y Objetivos:

La organización debe de establecer metas y objetivos documentados de SAS para cada función y nivel de organización según corresponda

Comunicación

La Organización debe de contar con procedimientos para asegurar que la información necesaria de SAS sea comunicada a y desde el personal y otras partes interesadas.

Tanto la participación del personal involucrado como los acuerdos de las consultas, debe ser documentada e informada a las partes interesadas.

Estructura Organizacional (Referencias punto 7 y 8 NOM-036).

La organización debe definir, documentar y comunicar las funciones, responsabilidades y autoridad del personal que maneja, desempeña y verifica las actividades que tienen efecto en los riesgos de SAS de estas actividades, de las instalaciones y procesos de la Organización, a fin de facilitar la administración de SAS.

Identificación de peligros, evaluación y control de riesgos.

a) Información de riesgos materiales o sustancias, procesos y equipos.

Contar con la información que permita el manejo ordenado y que asegure el resguardo apropiado de la información relacionada con el proceso y el equipo crítico, con la finalidad de ponerla a disposición de los trabajadores involucrados en dicho proceso y equipo, y se debe conservar por un periodo de cinco años.

La información que el sistema debe contener como mínimo la siguiente:

1. Los registros de los programas, procedimientos, reportes y autorizaciones.

2. Los procedimientos de seguridad para el mantenimiento, arranque, operación normal, paros de emergencia y reparaciones del equipo crítico, así como para trabajos peligrosos.

3. Los límites de funcionamiento aceptable y/o límites seguros de operación de los equipos críticos.

4. Diagramas de flujo de los procesos críticos.

5. Diagramas de tuberías e instrumentación.

b) Análisis de Riesgos

Contar con un análisis de riesgo para cada uno de los procesos críticos del centro de trabajo.

1. Se debe aplicar uno o más métodos específicos para identificar, evaluar y controlar los riesgos.

2. Significativos asociados con el proceso.

3. Se debe incluir una sección de recomendaciones para la administración de riesgos de proceso identificados.

Debe actualizarse el análisis de riesgo al menos cada cinco años o cuando exista cualquiera de las situaciones siguientes: Antes de que se realicen cambios a algún proceso, o cuando se proyecte un proceso nuevo o producto de una investigación de accidente mayor.

c) Análisis de tareas no rutinarias o actividades críticas o riesgosas

Administración de riesgos.

1. Se debe contar con una relación de riesgos potenciales identificados y evaluados mediante los estudios de análisis de riesgo.

2. Se debe contar con criterios de aceptación de riesgos basados en la probabilidad de ocurrencia y los posibles daños que ocasionen.

Trabajos peligrosos.

1. Establecer y aplicar un Programa de capacitación y adiestramiento a los trabajadores y contratistas relacionados con trabajos peligrosos.

2. Establecer un procedimiento para la autorización de trabajos peligrosos y se debe conservar por un periodo de cinco años y contendrá como mínimo lo siguiente:

Nombre de la persona que va a realizar el trabajo rutinario.

Número consecutivo del documento

Procedimiento de seguridad para realizar el trabajo.

Recomendaciones de seguridad e higiene para realizar el trabajo específico.

Firma del responsable del área

Vigencia del permiso.

Nombre de la persona que autoriza y verifica que se cumplan los puntos antes mencionados.

El equipo de protección personal para realizar la tarea.

3. Los trabajos peligrosos que deben contar con lo anterior son:

Interrupción de líneas peligrosas (energía eléctrica, sustancias inflamables y explosivas, líneas presurizadas y térmicas).

Entrada a espacios confinados (equipos, construcciones, vehículos, etc.).

Entrada a estaciones confinadas (equipos, construcciones, vehículos, etc.).

Bloqueo y etiquetado de equipo eléctrico (a equipo con movimiento).

Permiso de trabajos calientes (flama abierta, soldadura, corte, etc.).

Trabajo en alturas.

Reacciones peligrosas (exotérmicas, explosivas, inflamables, generadoras de presión, etc.).

Manejo de sustancias inflamables y tóxicas (traslado, vaciado, almacenaje).

Mantenimiento de tanques (atmosféricos y presurizados) que han contenido materiales peligrosos (corrosivos, reactivos, explosivos, tóxicos, inflamables y biológicos).

Integridad Mecánica.

1. Contar con una lista vigente del equipo crítico del centro de trabajo

2. Contar con un programa de mantenimiento preventivo que incluya todo el equipo crítico relacionado con el proceso usando los procedimientos correspondientes.

3. Contar con los procedimientos que aseguren que los materiales y refacciones que se usan en los equipos críticos cumplen con las especificaciones requeridas en el proceso.

4. Contar con un programa de revisión y prueba de los equipos críticos y dispositivos de seguridad.

5. Contar y mantener actualizado un registro con el tipo y fecha de los mantenimientos que se realizan a cada equipo crítico relacionado con el proceso.

6. Contar y mantener actualizados los registros de las revisiones y las pruebas que se realicen a los equipos críticos relacionados con el proceso.

7. La documentación que se desprenda se debe conservar por un periodo mínimo de este punto.

d) Administración del cambio personal y de equipos o proceso.

Contar con un sistema que permita realizar de una manera controlada los cambios, temporales o permanentes, en los procesos regulados por la presente norma, incluye cambios en las sustancias químicas, tecnológicas, equipos y procedimientos. El sistema no aplica para reemplazos equivalentes, se debe conservar por un periodo de cinco años y contendrá al menos:

1. Número consecutivo del documento

2. Propósito del cambio.

3. Impacto en seguridad e higiene por el cambio.

4. Descripción del cambio.

5. Actualización de procedimientos de operación.

6. Actualización de procedimientos de mantenimiento.

7. Actualización de planos, diagramas e informática técnica.

8. Requerimientos de entrenamiento y capacitación.

9. Autorización y firma.

10. Se debe aplicar una lista de revisión de seguridad antes de iniciar la operación de un cambio.

11. Se debe contar con una relación del personal que puedan autorizar cambios en los equipos críticos.

12. Maquinaria, instalaciones y procesos.

Aplicación de la normatividad (procedimientos) (referencia puntos 5 y 6).

Capacitación y adiestramiento (Referencia punto 9).

1. Se debe dar capacitación y adiestramiento inicial y periódico a los trabajadores y contratistas relacionados con la operación y mantenimiento de los equipos críticos, procesos y procedimientos, trabajos peligrosos e investigación de accidentes mayores y a quienes realicen las auditorías internas.

2. El contratista debe documentar que cada uno de sus trabajadores ha recibido y entendido el entrenamiento requerido. Debe contar con registros para cada unos de sus trabajadores, la fecha de entrenamiento y los medios utilizados para verificar que el trabajador entendió el entrenamiento

3. La capacitación y el adiestramiento se debe proporcionar en función de un programa específico en el que, por lo menos, se indique: Nombres de los trabajadores participantes, fechas de impartición y evaluación, en las cuales, a través de un reporte reflejan los resultados del programa.

4. La documentación que se desprenda del presente capítulo debe conservarse por un periodo de cinco años.

Reparación y respuesta a emergencias (referencia punto 7 y 8).

Análisis, difusión y seguimiento a los incidentes (referencias punto 12 NOM-036)

1. Contar con un procedimiento de investigación de incidentes que incluya todos aquellos datos relacionados con: El proceso, equipo crítico y contratistas, y elaborar un reporte de incidentes, el cual deberá conservarse por lo menos cinco años y contendrá como mínimo la siguiente información.

i. Fecha y hora en que sucedió el incidente.
ii. Personal involucrado en el incidente.
iii. Equipo crítico del proceso donde sucedió el incidente.
iv. Hechos ocurridos.
v. Lesiones, daños o enfermedades ocasionadas.
vi. Causas detectadas
vii. Medidas correctivas.
viii. Personal responsable de cumplir las medidas preventivas y correctivas.

El patrón proporcionará a la Comisión de Seguridad e Higiene el procedimiento de investigación de incidentes, con el propósito de apoyarlo en dicha investigación.

2. Capacitar y adiestrar al personal involucrado en la investigación de incidentes para que realicen su función.

3. Difundir entre los trabajadores los resultados de la investigación de incidentes.

4. Establecer un plan de seguimiento a las acciones y/o recomendaciones resultantes de la investigación.

Control de proveedores y/o contratistas

1. Comunicar al contratista los riesgos a los que estará expuesto y los accidentes previos que hayan ocurrido en la actividad asignada, así como las reglas de seguridades generales y específicas del área donde va a realizar el trabajo.

2. Contar con criterios para la contratación de servicios relacionados con el proceso y equipos críticos, en los cuales se debe revisar que el contratista cuenta con personal capacitado y adiestrado para desarrollar el trabajo.

3. Se debe llevar a cabo un protocolo de seguridad para la recepción y entrega de trabajos de los contratistas en el que se especifiquen las desviaciones y los cumplimientos relacionados con el trabajo y se debe conservar por un periodo de cinco años.

4. El contratista informará al patrón el accidente mayor que se presente en el lugar de trabajo.

Integridad mecánica (referencia punto 13 NOM-036)

1. Contar con una lista vigente del equipo crítico del centro de trabajo.

2. Contar con un programa de mantenimiento preventivo que incluya todo el equipo crítico relacionado con el proceso usando los procedimientos correspondientes.

3. Contar con los procedimientos que aseguren que los materiales y refacciones que se usan en los equipos críticos cumplen con las especificaciones requeridas en el proceso.

4. Contar con un programa de revisión y prueba de los equipos críticos y dispositivos de seguridad.

5. Contar y mantener actualizado un registro con el tipo y fecha de los mantenimientos que se realizan a cada equipo crítico relacionado con el proceso.

6. Contar y mantener actualizados los registros de las revisiones y las pruebas que se realicen a los equipos críticos relacionados con el proceso.

7. La documentación que se desprenda del presente capítulo se debe conservar por un periodo de cinco años.

Auditarías Internas SAS (referencia punto 14).

RESPUESTA
Improcedente.- Los comentarios ya están tomados en los numerales 8 y 9 del texto de la NOM.

RESOLUCIÓN

No hay modificación al numeral 5.11 del texto de modificación a la NOM



Marinos Mercantes
marinos_mercantes@hotmail.com

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