AL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
ANEXO AL
OFICIO N0. 0182
A LOS SEÑORES LEGISLADORES: SENADORES Y DIPUTADOS
DELAS COMISIONES CORRESPONDIENTES
DE LA SALIENTE Y ENTRANTE LEGISLATURA
CON EL DEBIDO
RESPETO , Los hago participes de este caso que afecta a la
transparencia en los manejos de los recursos de los trabajadores,
tanto afiliados, a esta asociación como al resto de toda la nación.
Esta
iniciativa plasmada en el presente documento es motivada por las inquietudes
de afiliados y no afiliados a esta asociación civil, por quejas documentadas,
por ciudadanos que han contactado con nuestra dirección electrónica, cuando
el producto obrero, juega un primordial en la riqueza de la nación, para
altos salario de funcionarios titulares, como mandos medios, y subordinados
en el organigrama de gobiernos, que tienen la obligación de atender a la sociedad civil, en el estricto respeto, a la H. INVESTIDURA
PRESIDENCIAL, como a la propia Constitución y leyes que de esta emanan,
siempre dentro del marco de la
ley de la transparencia, sin dolosa ni amañada, respuesta a la tramito
logia, que se convierte en “traumatología proclive” al circuito cerrado eslabonado con
candados, a la solución del tramite socioeconómico y de vivienda
constitucional, en manos de los poderes privados y financieros, que son
percibidos de detractores a los intereses de los trabajadores.
Quienes por
su sencillez en idiosincrasia de sociedad desinformada y vulnerable,
abandonan los tramites con ingeniería detractora y dilatoria, con el
propósito percibido, de desgaste a la moral del solicitante, induciéndolo al
abandono del tramite, con el objetivo del apoderamiento de los recursos de en
el alcance de miles de trabajadores, que abandonan el intento a al reclamo de
merecida pensión, en un país donde ya es un privilegio cotizar al
seguros social, cuando de por si avasallados por las alzas de alimentos y medicinas,
con su impuesto respectivo.
Cuando para
hacer valer la ley, no debiera ser necesario acudir ante un juez civil, para
demandar un recurso requisita do por una reforma de ley infonavit en su
octavo transitorio, que miles de trabajadores fallecidos no disfrutaron, al
no acreditarse con una vivienda, así mismo para hacer cumplir la ley a
las AFORES y a la CONSAR que infringen a la ley del seguro social (art
154) (ley del SAR art 100).
considerando
la necesidad de establecer los lineamientos, necesarios para el control
absoluto de estas entidades, que bajo acuerdos entre los gobiernos federales
y sectores financieros privados ,administran nuestros recursos, producto de
nuestra productividad, con ejercicio de procedimientos poco
claros y transparentes, y hasta controversiales a la ley
, ante el escrutinio de quienes solo tenemos de
referencia a la constitución política de los
estados unidos mexicanos y de las leyes que de esta emanan.
para efectos
de registro y monitoreo enviamos adjunto la bitácora general para el
procedimiento calendarizado en tiempo y vida real, que se lleva
a cabo para el reclamo de nuestros recursos en esta caso por una
negativa de pensión, bajo resolución del seguro social.
EN
CUANTO A LAS AFORES deben ser verificadas, supervisadas , por unidades especializadas que las
obliguen a apegarse a homologar su información a la ley del seguros social, bajo los
lineamientos normativos desde la homologacion de formatos, conceptos,
publicitados en sus portales y panfletos.
existe
un desorden con propósito determinado pero doloso a la confusión en la
exposición de los conceptos, al IMSS en una pensión y los destinados a la
devolución al trabajador,
Existe
gente a la que se les niega una pensión merecida pero el seguro social los
cambia de régimen cuando son del 73 ya obtienen mas de 500 semanas, los
resuelven con REGIMEN 92 0 97 argumentando que no alcanzan las 1,200 semanas,
que de estar informados, debieran estar en la frecuencia de que los segundos dígitos de su número de
seguros social ahí se marca a que régimen pertenecen.
o
los hacen voltear tanto que son inducidos al cobro de sus afores
cancelándose así sus merecidas pensiones, justificándose un oscura consigna a
la extinción total al derecho de pensión, que se manipula a los mas
venerables por su propia ignorancia, cuando el mismo seguro social o
infonavit, prohíben el asesoramiento desinteresado instruyendo al tramite
solo el trabajador interesado.
Es importante
establecer la iniciativas para un proyecto de ley a favor de los intereses de
los trabajadores bajo un procedimiento de simplificación en tramito logia,
que permita la oportunidad a todos aquellos trabajadores que ante tantos
candados oscuros, abandonan los tramites, perdiendo en manos de estas
administradoras sus recursos, como así nos han reportado, quienes han tenido
la desgracia de tenerlos en AFORE HSBC que a través de METLIFE, obstaculiza
dolosamente, todo tramite de recuperación.
cuando esta no tiene sucursales en lugares
donde es reclamado el recurso, dando respuestas burlonas, a trabajadores como
a FIDENCIO AGUILAR SÁNCHEZ, ASCENCIÓ RENDAN VALENTÍN, ambos de acapulco gro.
que en múltiples ocasiones aun con oficio de CONDUSEF y presidencia de la
república, se burlan de los trabajadores, a quienes mantienen con correos
electrónicos, repetitivos sin dar solución, y cuando han solicitado de sus
datos completos, y estos han cumplido con toda instrucción.
otra de las
inconformidades es el acotamiento limitado jurídico de la CONDUSEF,para
apoyar a los vulnerables trabajadores que abandonan los tramites, por
desconfianza a este organismo que dirige el DR. LUIS PAZOS DE LA TORRRE.
DE
INFONAVIT Según reportes a esta
A.C. expresan jubilados y pensionados, que desde el fallecimiento
del líder obrero FIDEL VELAZQUEZ SANCHES el INFONAVIT, han sido hostigados,
por irregularidades en procedimientos de cobranza aplicados por este
instituto, que escapa al escrutinio y monitoreo de la SFP(secretaria de
la función publica federal)
Consistente
en quejarse sobre el circuito cerrado, a las alternativas de soluciones, en
las certificaciones de pago, para la liberación de las hipotecas e sus
viviendas, cundo desde la entrega de las mismas, fueron instruidos a pagar en
el instituto con recibos, membretados
con logo del instituto, después instruidos vía infonatel con una clave
al banco Banamex quien extendía un ticket borroso, que al tiempo desaparecía
toda información inscrita al pago, después, fueron instruidos al pago a
Banamex, institución bancaria que entro en conflicto con infonavit ante el
reclamo de los acreditados en la ausencia a la impresión del sello de acuse
de pago, exponiendo el banco que ionfonavit nunca le llevo el sello,
para últimamente instruidos al pago al HSBC y SANTANDER.
Reflejados
esta irregularidad en las certificaciones de pago, ante al
inexistencia de sellos, y tickets con textos borrados por el tiempo, que no
son aceptados como pagos, pendientes además sumados los inexistentes por
omiso fiscal del infoanavit con los patrones, instruyendo a los trabajadores
del a tercera edad a localizar a sus antiguos s patrones para corregir esta
irregularidad a cargo y responsabilidad fiscal del instituto, aparte de la
existente “des-homologacion”
entre los datos de la
cobranza y fiscalización para conformar una sola y disciplinada y base
general de datos.
Con el
propósito honesto y transparente de
evitar molestias y pérdida de
tiempo, que van a producir impotencia, baja a la moral, confusión, y a
abandono al tramite inducido, con el perverso
propósito al incremento de la deuda y cancelación a toda
alternativa de solución, percibiéndose en ingeniería dolosa para mantener la
eterna deuda, como parte de la
esclavitud moderna impuesta a los trabajadores
Analicemos : Si
al INFONAVIT, se le aplicara, una
seria verificación, similar pero mucho mas
sencilla a la aplicada a las estructuras metálicas de las
instalaciones petroleras, bajo la operación de una seria ingeniería,
evaluadora, bajo régimen de estándares internacionales, se obtendrían
valores, en coeficientes deficientes
en sus pruebas no destructivas, al tramado metalico, como al concreto, con
desgate corrosivo, en el espesor nominal, y desprendimientos de concreto, que
nos llevarían a un resultado con reporte, final de verificación, tal vez muy barato,
radical, al precio de las deudas existentes.
Cuando por
inspección visual se detallan daños de origen constructivo y sísmico,
pero más en las costas del pacifico.
considerando
la necesidad de establecer los lineamientos, necesarios para el control
absoluto de estas entidades, que bajo acuerdos entre los gobiernos federales
y sectores financieros privados ,administran nuestros recursos, producto de
nuestra productividad, con ejercicio de procedimientos poco
claros y transparentes, y hasta controversiales a la ley
, ante el escrutinio de quienes solo tenemos de
referencia a la constitución política de los
estados unidos mexicanos y de las leyes que de esta emanan.
Para
efectos de registro y monitoreo enviamos adjunto la bitácora DE MI CASO TIPICO que es de similar con todos
los trabajadores si para comprobar
realizan el procedimiento calendarizado en tiempo y vida real,
que se lleva a cabo para el reclamo de nuestros recursos en esta
caso por una negativa de pensión, bajo resolución del seguro social.
Es
importante Y URGENTE establecer la iniciativas para un proyecto de ley a
favor de los intereses de los trabajadores bajo un procedimiento de
simplificación en tramito logia, que permita la oportunidad a todos aquellos
trabajadores que ante tantos candados oscuros, abandonan los tramites,
perdiendo en manos de estas administradoras sus recursos, como así nos han
reportado, quienes han tenido la desgracia de tenerlos en afore HSBC que a
través de METLIFE, obstaculiza dolosamente, todo tramite de
recuperación.
Al igual que
en la PROFEDET, y hoy con el INFONAVIT, para la recuperación de la SUBCUENTA
DE VIVIENDA, en la controversial instrucción inconsistente percibida
amañada con candados aun con toda una resolución por la SCJN y un decreto
presidencial.
Cuando el
portal de INFONAVIT no acciona al envió de datos, por derechohabientes
que no entran en ninguna de las causales exhibidas, por no haber demandado
nunca al INFONAVIT.
Si las mujeres,
beneficiadas con una resolución de
un juez civil, instructora al seguro
social para la expedición de una resolución de PENSIÓN POR VIUDEZ, tienen por
instrucción del INFONAVIT, que comparecer ante la STPS/PROFEDET para seguir
un procedimiento en juicio todavía
dilatorio y obstructor, al ser instruidas a presentar, últimos salarios,
horarios laborales, de su fallecido esposo, así como subordinarse a otra
investigación, para corroborar si efectivamente con los vecinos, la genuinidad del derecho
al recurso de la subcuenta de
vivienda, consideramos irrelevante, que la stps/profedet tenga sus
propios procedimientos por desconfianza a una resolución de un juez, “a quien
no le agradaría” misma asentada en los archivos de los juzgados civiles, además de exponer en
evidencia una resolución del SEGURO SOCIAL para dilatar aun más el tramite, haciendo gastar tiempo y dinero
a la solicitante, seguramente para inducirla a la claudicación del tramite
por desmoralización, ante la burocracia dilatoria. en jugar de apoyar a estas
personas de grupos vulnerables.
este procedimiento debió
diseñarse con sencillez, acorde a la mentalidad de los sencillo ciudadanos,
estimulándolos por su paciencia, y resignación en la perdida de este recurso
que no disfrutaron muchos que fallecieron, y gracias a la legisladora del pan
para iniciativa y ley del octavo transitorio de la ley INFONAVIT, nunca
disfrutaron este merecido recurso.
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