Fuente: La República
Ejecutivo publicó ayer la fe de erratas y confirma ahora que la concesión de puertos solo será por 30 años.
Finalmente el Ejecutivo publicó ayer la fe de erratas del Decreto Legislativo N°1022, que modifica la Ley del Sistema Portuario Nacional (Nº 27943), el cual otorgaba hasta por 60 años la administración de los puertos nacionales al sector privado.
El "error" fue subsanado y ahora el artículo 10 de dicho Decreto Legislativo dice: "que la infraestructura portuaria podrá ser entregada en administración al sector privado hasta por 30 años".
Pese a dicha corrección, diversos sectores muestran preocupación por la publicación del decreto. ¿Cuáles son algunas de las diferencias más notables?
Por ejemplo se cambió la esencia del Plan Nacional de Desarrollo Portuario (PNDP) porque en la Ley 27943 "se dice que es un documento con base a planes maestros de cada puerto y a los planes regionales de desarrollo portuario".
Pero en el DL el PNDP ya no tomará en cuenta ni los planes maestros nacionales ni los regionales.
Además se da la exclusividad de todos los servicios al administrador portuario privado, cuando en la anterior Ley se hablaba de libre competencia.
Otro cambio importante es que antes la Autoridad Portuaria Nacional (APN) debía evaluar e informar anualmente el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo Portuario al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el que lo debe remitir al Congreso de la República.
Hoy con el DL 1022 el documento no será evaluado por el Congreso, y solo quedará en manos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
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