domingo, 6 de abril de 2008

Mis barcos extranjeros: Pemex vs. el Presidente

Actualmente, el marco legal marítimo ha propiciado que el naviero y armador mexicano quede imposibilitado de competir ante navieros y armadores extranjeros, ya que a los segundos se les libera de cargas fiscales que supuestamente deben pagar en sus lugares de origen y que a los navieros nacionales se les impone.

Fuente: Reporte Índigo

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó por unanimidad la ponencia que presentó el ministro Mariano Azuela Güitrón para negar el amparo a Pemex.

En sus argumentos, la paraestatal asegura que la Ley de Navegación y Comercio Marítimos le impone la obligación de contratar los servicios de cabotaje con navieros mexicanos que utilicen embarcaciones de igual nacionalidad.

Sólo para el caso de que no existan éstas en igualdad de condiciones técnicas, se prevé la posibilidad de contratar los servicios de navieros mexicanos que operen con embarcaciones extranjeras.

Descartada esta posibilidad, se puede recurrir a navieros extranjeros. En ese orden.

Según la paraestatal, las restricciones contenidas en los artículos 40 y 41 de la nueva ley no se ajustan al Artículo 134 de la Constitución, ya que no aseguran las mejores condiciones de contratación para el Estado en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Además, el artículo 28 de la Ley de Adquisiciones y Servicios del Sector Público establece que cuando no haya oferta nacional respecto de los bienes o servicios, o no sea conveniente en términos de precio, se deben llevar a cabo licitaciones públicas internacionales.

Los artículos 40 y 41, puntualiza la paraestatal, impiden que en los procedimientos de licitación prive la imparcialidad. En cambio, promueven la discriminación por razón de nacionalidad.

Considera que la SCT no tiene facultades para instaurar un nuevo procedimiento que regule la intervención de navieros extranjeros en virtud de lo que dispone el artículo 28 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Asegura que las restricciones son violatorias de las garantías de igualdad y libertad de trabajo previstas en la Constitución.

Todo esto, puntualiza Pemex, “trae aparejada una ventaja exclusiva a favor de los navieros mexicanos con embarcaciones mexicanas, en perjuicio del interés general, lo cual podría llegar, incluso, al establecimiento de un monopolio”.

En su resolución, la Suprema Corte de la Nación determinó que los argumentos de la petrolera eran inoperantes e infundados.

Sostuvo que las restricciones o limitaciones de la ley no causaban una afectación a los derechos jurídicamente tutelados de quienes celebren contratos para proveer servicios de cabotaje en territorio nacional.

El máximo tribunal consideró que si concedía el amparo, dejarían de tener efecto los artículos 40 y 41 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, lo que abriría la posibilidad de convocar a licitaciones públicas en las que pudieran intervenir empresas navieras extranjeras y, en su caso, celebrar los contratos respectivos con ella.

Pero eso no es todo. Las navieras extranjeras estarían liberadas, por ese solo hecho, de cumplir las obligaciones que establecen los artículos 11 y 42 de dicha ley, los cuales se refieren a los requisitos y condiciones para la matriculación y abanderamiento de sus embarcaciones y para obtener permiso de la SCT para la operación de embarcaciones en navegación interior y de cabotaje.

Los artículos 40 y 41 no impiden a Pemex contratar los servicios de cabotaje atendiendo a lo previsto en el artículo 134 de la Constitución. En principio, la única limitación es que deberá tratarse de una licitación nacional, lo cual está previsto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Con respecto a que la ley es discriminatoria y transgrede la libertad de trabajo, la Suprema Corte señaló que el argumento es inoperante porque quien lo planteó no es una persona que tenga por objeto las actividades reguladas por los preceptos reclamados, sino por una persona moral oficial con un objeto diverso. Por tanto, “no existe un agravio personal y directo”.

También es infundado el argumento de que se restringe la libertad de comercio y la libre concurrencia entre los prestadores de servicio de los buques-tanque, ya que la intención del legislador, al aprobar la ley, era proteger a la industria naviera nacional.

Cita incluso la exposición de motivos de la ley:

“Actualmente, el marco legal marítimo ha propiciado que el naviero y armador mexicano quede imposibilitado de competir ante navieros y armadores extranjeros, ya que a los segundos se les libera de cargas fiscales que supuestamente deben pagar en sus lugares de origen y que a los navieros nacionales se les impone.

“La realidad nos lleva a comprobar directamente la pérdida de fletes y divisas a favor de embarcaciones extranjeras, al desabanderamiento de la flota, tanto de cabotaje como de altura, no dejando al naviero y armador nacionales más alternativa que refugiarse en segundos registros extranjeros y en pabellones de conveniencia, a fin de contrarrestar los problemas que genera un entorno financiero, laboral y fiscal poco favorable”.

Sostiene el máximo tribunal que las grandes potencias económicas conocen la importancia estratégica de la actividad marítima en el desarrollo de su economía, por ello no han permitido la apertura y la liberalización de esta actividad.

“En México, por el contrario, se han promovido intereses extranjeros, ya que las navieras internacionales se han beneficiado de nuestras costas y a nuestra costa, y desafortunadamente, no se han medido los efectos negativos que se producen en la industria y economía nacional”.

La Suprema Corte está convencida de que “los navieros y armadores mexicanos no se encuentran en condiciones de competir con las navieras y armadores extranjeros dadas las ventajas propiciadas por el apoyo y fomento que reciben de sus gobiernos”.

Además, “lo dispuesto en los preceptos reclamados busca combatir el desempleo de oficiales y tripulaciones mercantes mexicanas, así como la fuga de divisas derivada de la contratación de navieros extranjeros”.

Los jueces tampoco están de acuerdo con que las restricciones de la ley —las cuales considera razonables— traigan como consecuencia la creación de un monopolio, pues no se otorga a favor de personas determinadas ni perjudican al público en general o a cierta clase social.

“Resulta válido restringir y, aun negar, la participación de extranjeros en la operación o explotación de una actividad, como la de cabotaje que en el caso se analiza, cuando convenga al interés y beneficio de la colectividad y al desarrollo de la economía nacional”, señaló la Corte en su resolución.

Ello no implica que Pemex esté obligada, indefectiblemente y bajo cualquier circunstancia, a contratar los servicios de cabotaje con navieras mexicanas que utilicen embarcaciones de igual nacionalidad.

La legislación autoriza permisos temporales de navegación de cabotaje cuando no existan embarcaciones mexicanas disponibles en igualdad de condiciones técnicas o cuando impere una causa de interés público, como precios elevados por parte de navieras mexicanas con respecto a la oferta internacional.

Negro desencuentro En el enfrentamiento legal entre la SCT y Pemex, la primera ganó. Este conflicto deja al descubierto la forma en que opera la paraestatal.

La SCT tuvo que enfrentarse a Pemex por el asunto de los permisos de navegación otorgados a las embarcaciones extranjeras que realizan cabotaje en el país.

Prácticamente fue un desafío entre los titulares de ambas dependencias, Luis Téllez y Jesús Reyes Heroles. El primero ganó.
José Tomás Lozano y Pardinas, director general de Marina Mercante de la SCT y ex diputado panista, explica que Pemex buscó el amparo del Poder Judicial alegando a la SCT: “no puedes negar a un extranjero tus permisos de navegación porque todos somos iguales”.

“La SCT respondió: ‘Espérame tantito, la ley dice que yo nada más te puedo entregar permisos de navegación por dos años. Es decir, le estoy dando tiempo suficiente a la naviera extranjera para que vea si le conviene quedarse en el país o irse. Después, ya no te voy a dar más permisos de navegación porque la naviera tiene que abanderar su embarcación como mexicana’.

“Pemex reviró: ‘No, señores, a mis extranjeros que vengan con buques, ¿por qué voy a tener que hacerlos mexicanos? No, señores, trato igual a persona igual’”.

La SCT contestó: “Sí, señor, pero EU no tiene trato igual entre iguales. En ese país existe un Acta Jones que no deja entrar un solo barco mexicano, y el barco no puede ser hecho en ningún otro país que no sea Estados Unidos.

Una reforma, tres visiones

La división interna en el gabinete de Felipe Calderón dificulta el consenso sobre la reforma energética. El Presidente está obligado a tomar una decisión.

El problema del gobierno de Felipe Calderón para generar una iniciativa de reforma energética es que al interior del gabinete existen contradicciones no superadas que complican el debate nacional.

Hay tres grupos antagónicos dentro de la administración pública.
Uno, el que forman los secretarios de Hacienda, Agustín Carstens, y de Energía, Georgina Kessel Martínez.

Dos, el del director de Pemex, Jesús Reyes-Heroles González Garza, con el senador priísta Francisco Labastida Ochoa.

Y tres, el del subsecretario de Planeación Energética de la Secretaría de Energía, Jordy Herrera Flores, hombre cercano y leal a Felipe Calderón.

Y cada uno trae su propia visión sobre lo que se debe hacer con Pemex.

En el tema de la exploración en aguas profundas, Carstens y Kessel se inclinan por hacer alianzas estratégicas con compañías extranjeras.

Jordy Herrera tiene una posición más nacionalista porque es más reacio a compartir la renta petrolera. Él está a favor de desarrollar las capacidades propias, fortalecer al Instituto Mexicano del Petróleo (IMP) y crear un esquema sectorial de desarrollo tecnológico.

Por su parte, Reyes-Heroles González y Labastida asumen una postura intermedia:sí a las alianzas, pero retomando el tema de la autonomía de gestión de Pemex, que parece ya olvidado. Además, les preocupa el asunto de los yacimientos transfronterizos.

Estas diferencias al interior del gabinete han creado la impresión a la cúpula priísta de que el gobierno de Calderón carece de rumbo en materia energética y no sabe a dónde quiere ir.

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