martes, 11 de marzo de 2008

Ya es ley la modificación a la Ley de Navegación

Fuente: Pesca y Puertos

Remoción y desguace de buques. A última hora del 28 de febrero, la Cámara de Diputados de la Nación dio sanción definitiva y convirtió en ley la modificación a la Ley de Navegación Nº 20.094 que facilitará la remoción, traslado o desguace de buques y artefactos navales hundidos o abandonados.

El diputado Mario Pais, en su condición de presidente de la Comisión de Intereses Marítimos de esa Cámara, fue el miembro informante y expuso ante sus pares los antecedentes y alcances de la norma.

“Al modificar la Ley de Navegación y extender la solución prevista para la Cuenca Matanza-Riachuelo, posibilitamos que en todos los cursos y vías navegables del país, sean fluviales, lacustres y marítimas, la Prefectura Naval Argentina pueda avanzar en la remoción, extracción y posterior desguace de cientos de embarcaciones inactivas, varadas y hundidas, con lo que se da una solución integral a un problema acuciante en muchos puertos y vías navegables”, señaló Mario Pais.

La extensión a la que refiere el legislador está vinculada a que si bien el proyecto original, enviado por el Poder Ejecutivo al Senado de la Nación en agosto de 2007, afectaba únicamente a los buques hundidos o abandonados en la referida Cuenca, el que finalmente fue aprobado es mucho más amplio ya que cubre las situaciones que se dan en todos los puertos del país, manteniendo condiciones especiales para la referida cuenca.

La Prefectura Naval Argentina será la encargada de llevar a cabo el procedimiento administrativo por medio del cual se determine la situación de inactivo, y en función de ello el peligro u obstáculo que representen, ya sea a la navegación, a la operación portuaria, a la preservación del medio ambiente o al entorpecimiento del libre escurrimiento de las aguas, y previa resolución fundada se procederá a intimar a los propietarios para que en el plazo de 2 a 5 meses remuevan el buque o artefacto, atento que en su defecto pasará al dominio del Estado nacional y se dispondrá del mismo.

“La norma también contempla el supuesto de la existencia de medidas cautelares dictadas por jueces –explicó el diputado chubutense– regulándose un procedimiento sumarísimo que no obste a la prosecución de las tareas necesarias para la disposición final de los buques”.

“La nueva norma incorpora a la ley de navegación los principios de la preservación ambiental y en función de la misma, así como de la navegación y operación portuaria, se posibilitará los trabajos para la remoción y extracción de los buques que tengan la aptitud de degradar el ambiente u obstaculizar la navegación o la operación portuaria”, afirmó Pais, para concluir asegurando que “ningún puerto del país escapa a esta problemática”.

“Es una herramienta que, si la Prefectura Naval Argentina como autoridad marítima le da un marco de trámite ágil, que no nos cabe duda que va a ser así porque es la primera interesada, nos va a dar la oportunidad de sanear los puertos que tenemos”, había explicado semanas atrás a Pesca & Puertos el doctor Víctor Colace, especialista en el tema del puerto de Bahía Blanca.

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